“Antes de ser juez ya tenía plata: fui lustrín a los 13 años”, dijo el ex magistrado Terán

“Antes de ser juez ya tenía plata: fui lustrín a los 13 años”, dijo el ex magistrado Terán

El acusado por enriquecimiento ilícito defendió la evolución de su patrimonio.

DE NUEVO EN EL BANQUILLO. El ex juez federal N°2, Felipe F. Terán. la gaceta / foto de franco vera DE NUEVO EN EL BANQUILLO. El ex juez federal N°2, Felipe F. Terán. la gaceta / foto de franco vera
16 Noviembre 2017

A las 9.50 de ayer se cortó la trayectoria histórica y empezó el primer juicio oral en Tucumán por el supuesto enriquecimiento ilícito cometido en ejercicio de la función pública. Felipe Federico Terán, el ex juez federal N°2 acusado, se sentó en el mismo lugar que en 2014, cuando compareció ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF) y recibió una condena de ejecución condicional que aún no está firme. Terán llevaba un traje cruzado y su típico bolsito de cuero negro: él la llama “carterita”. Al igual que hace tres años, lo acompañaba su hija, Gabriela Terán Chiarello, quien siguió la audiencia desde una butaca de la desierta zona reservada para el público. A diferencia de entonces, al lado del imputado se sentaron los defensores públicos oficiales Ciro Lo Pinto y Vanesa Lucero: Terán comentó, en un receso, que había terminado en malos términos con el abogado Pablo Bauque. Y en esas circunstancias conocidas y nuevas, el ex juez defendió la evolución de su patrimonio como, según dijo, le había sido vedado en la etapa previa al juicio que se extendió durante 14 años.

“¿Por qué no presenté antes los papeles que hoy agrego al proceso? Porque me ataron de manos: nadie me los requirió”, se quejó una de las veces que tomó la palabra para dirigirse a sus ex pares Gabriel Casas (presidente), Alicia Noli y Juan Carlos Reynaga (interviene por la excusación de Carlos Enrique Jiménez Montilla). “Antes de ser juez (en 1995) ya tenía plata: fui lustrín a los 13 años en la puerta del casino y no me avergüenzo. El supermercado, el bar, la disquería, los estudios jurídicos, los departamentos y los taxis no me cayeron de arriba… Y había muchas cosas más: recibí automotores de parte de los clientes. Si no tenían para pagarme, no los apretaba. Yo sí fui un abogado exitoso, no sé para qué me metí en la Justicia si me iba bien”, reflexionó Terán. La prosperidad terminó en 2006, cuando el Jurado de Enjuiciamiento lo destituyó y se activaron las causas penales, entre ellas esta derivada de una denuncia de 2003 del ex fiscal Héctor Abraham Musi.

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La defensa de Terán insistió una y otra vez con que él llegó a la magistratura con una posición económica sólida. Es el argumento con el que pretenden desbaratar que existe un incremento patrimonial injustificado de $ 550.000 en el período 1999-2005 (U$S 183.000 a diciembre de ese último año): el corolario se desprende de una peritación practicada por contadores de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de la Procuración General de la Nación y del propio Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Cuatro de los siete peritos corroboraron ayer sus conclusiones mientras que Ricardo Sal, experto contable ofrecido por el acusado, intentó explicar las diferencias de criterio que a él lo llevaban a dictaminar que los aumentos patrimoniales están justificados.

La defensa sin palabras

Parte de esas discrepancias están motivadas en la valoración de unos alquileres; de la frustrada compra de un departamento; de mejoras en Raco; de la indemnización de la esposa de Terán, Luisa Chiarello, y de la fecha y el monto de adquisición de una propiedad en San Clemente del Tuyú. Pero este miércoles el fiscal subrogante ante el TOF, Pablo Camuña, se opuso con éxito a la incorporación “a último momento” de documentos que había llevado Terán para fortalecer su versión (Casas se pronunció en disidencia: según su criterio, las pruebas debían ser recibidas para resguardar el derecho de defensa). Lo Pinto dijo que el rechazo del TOF a los papeles lo dejaba sin palabras. “Es una arbitrariedad”, protestó. Y enfatizó que el proceso se había quebrado en 2010, cuando el juez federal Daniel Bejas notificó a Terán que debía asistir a la audiencia prevista en el artículo 268 (2) del Código Penal el mismo día del acto, dos horas más tarde de su celebración. Con la exposición de esta cuestión terminó el debate. El viernes, las partes harán sus alegatos, y, luego, Casas, Noli y Reynaga darán el veredicto.

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