El Tribunal Oral pospone el juicio de Terán

El Tribunal Oral pospone el juicio de Terán

La pesquisa de un supuesto enriquecimiento ilícito fue elevada a juicio en noviembre de 2014

EN EL BANQUILLO DE LOS ACUSADOS. El ex juez Terán en el juicio de 2014. la gaceta / FOTO DE JORGE OLMOS SGROSSO (archivo) EN EL BANQUILLO DE LOS ACUSADOS. El ex juez Terán en el juicio de 2014. la gaceta / FOTO DE JORGE OLMOS SGROSSO (archivo)
19 Agosto 2017

Ayer debía comenzar el segundo juicio del ex juez Felipe Federico Terán en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán (TOF). La audiencia del caso abierto en 2003 fue, sin embargo, nuevamente postergada. Terán rendirá cuentas sobre un presunto enriquecimiento ilícito perpetrado durante el ejercicio de la función pública a partir del 15 de noviembre a las 9.30, según la resolución que firmó el camarista Gabriel Casas. Ese instrumento indica que la reprogramación había sido solicitada por el Ministerio Público Fiscal y la Defensa Pública Oficial, y que “los argumentos esgrimidos resultaban razonables”.

En agosto de 2016, el TOF agendó el juicio para el 22 de febrero de este año. Luego, el tribunal lo pospuso para este 18 de agosto. ¿La tercera será la vencida? En el edificio de la calle Chacabuco 125 se decía que no habría más postergaciones. Si ello es verdad, en noviembre el TOF integrado por Casas, Alicia Noli y Juan Carlos Reynaga debutará en el juzgamiento de un delito cuya investigación rara vez prospera. En ese sentido, el de Terán será un juicio inédito en la historia institucional tucumana.

Publicidad

Se trata de un proceso elevado a juicio en 2014, 11 años después de su apertura, en virtud de una decisión del juez federal N°1, Daniel Bejas. En ese ínterin, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Nación destituyó a Terán por maniobras con títulos de la deuda pública afectados por la cesación de pagos declarada en 2002. Por estos hechos, en 2014 el ex titular del Juzgado Federal N°2 enfrentó un juicio en el TOF junto a otros imputados, y recibió una condena de tres años de prisión de ejecución condicional y de seis años de inhabilitación especial, que aún no está firme. Terán podría gozar del mismo beneficio de no ir a la cárcel en el supuesto de recibir una sanción del mismo tenor. El artículo 27 del Código Penal dispone que la suspensión cae por delitos cometidos a posteriori de la primera condena y no antes, como es el caso.

Terán no pudo justificar el incremento patrimonial de $ 874.760 detectado en el período de 1999-2005 (U$S 291.586 de acuerdo a la cotización de ese último año), según el fiscal federal N°1, Carlos Brito, y el juez Bejas. La investigación comenzó a partir de una denuncia-represalia del ex fiscal provincial Héctor Abraham Musi, quien en 2003 dijo que Terán poseía numerosos inmuebles y vehículos imposibles de justificar con el ingreso percibido como juez de primera instancia. En esa época, Terán controlaba una investigación que conectaba a Musi con la venta de vehículos todoterreno robados. Luego, el ex fiscal -destituido por la causa de las “4x4”- quiso retirar la denuncia pero ya era demasiado tarde porque el delito en cuestión es de acción pública y debe ser investigado incluso de oficio. En 2015, Terán había dicho que estaba mal económicamente y que “se sentía para el diablo”.

Publicidad
Comentarios