Crímenes previos al ‘76, reconocidos como delitos de lesa humanidad

Crímenes previos al ‘76, reconocidos como delitos de lesa humanidad

Dictaron sentencia en la causa de “La Perla”.

26 Agosto 2016
BUENOS AIRES.- El Tribunal Oral Federal 1 de Córdoba condenó ayer a prisión perpetua al genocida Luciano Benjamín Menéndez y a otros 27 acusados por delitos de lesa humanidad, en el juicio oral por crímenes cometidos en los centros clandestinos de detención, torturas y exterminio de La Perla y Campo La Ribera durante la última dictadura cívico y militar.

Los jueces del Tribunal hallaron a Menéndez responsable de 260 privaciones ilegítimas de la libertad, 52 homicidios, 281 desapariciones forzadas de personas seguidas de muerte y la desaparición del nieto de Sonia Torres, titular en Córdoba de Abuelas de Plaza de Mayo.

Asistieron a la lectura del veredicto el gobernador cordobés, Juan Schiaretti; la presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carlotto; Sonia Torres, otros representantes de organismos de derechos humanos, legisladores y funcionarios provinciales.

“Se trató de un juicio realmente histórico por los hechos que hemos juzgado”, dijo al concluir la audiencia el presidente del TOF1, Jaime Díaz Gavier, en conferencia de prensa. El magistrado destacó que el debate oral y público, “por su envergadura, ha sido muy complejo y muy difícil, pero finalmente hemos podido concluir, con satisfacción lo decimos, con la serenidad de espíritu que nos permite creer que hemos dictado realmente la resolución que correspondía a derecho”.

También destacó que en el fallo se consideró como crímenes de lesa humanidad los hechos cometidos durante la dictadura, pero también antes del golpe de estado de 1976, ya que se “pudo determinar que hubo un plan sistemático de eliminación de opositores ejecutado a través de organizaciones paramilitares y parapoliciales”.

Estos grupos, “actuando clandestinamente pero utilizando indebidamente recursos del Estado, salieron a eliminar a quienes ellos determinaban que eran sus adversarios, enemigos políticos o blancos, como ellos los denominaban”.

Díaz Gavier subrayó que en este juicio “se acreditó absolutamente el nacimiento del nieto de Sonia Torres, el asesinato de sus dos padres (Silvina Parodi, la hija de la actual titular de Abuelas en Córdoba y su pareja Daniel Orozco), que ocurrió el 14 de junio en la maternidad provincial y las pruebas son absolutamente ciertas e incontrastables”.

En este punto, el juez destacó que el tribunal “ha aplicado la figura de la desaparición forzada de personas, porque se trata de delitos permanentes, es un delito que se está cometiendo hasta el día de hoy”, y añadió que, “como el delito se está cometiendo, hoy pudimos aplicar una ley que es posterior a los hechos y que permite encuadrar (penalmente) este hecho porque todavía hoy se está cometiendo”. Este criterio se aplicó también a la desaparición del nieto de Sonia Torres, considerando la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos según la cual, “cuando un menor desparece en el marco de un sistema represivo de crímenes de lesa humanidad”, el delito persiste.

Díaz Gavier indicó que “la figura de la desaparición forzosa de personas ha sido una aplicación absolutamente novedosa de este tribunal y creo que es la primera vez que se aplicado en el país”.

Además de Menendez, fueron condenados a prisión perpetua los represores Ernesto Barreiro, Héctor Pedro Vergez, Luis Martella, Héctor Chilo, Jorge Gorleri, Jorge González Navarro, Luis Gustavo Diedirchs, Jorge Exequiel Acosta, Carlos Villanueva, Juan Eusebio Vega, Ricardo Lardone, Emilio Morard y Arnoldo López.

La misma pena recibieron Héctor Raúl Romero, Eduardo Grandi, Mirta Graciela Antón, Yamil Jabour, Carlos Yanicelli, Juan Ramón Molina, Calixto Luis Flores, Marcelo Luna, Hermino Jesús Antón, Alberto Luis Lucero y Miguel Gómez.

El tribunal impuso penas de 21 años de prisión a Enrique Maffei, 20 años a José Luis Yañez, 11 años a Alberto Choux, 14 años a José Tófalo, cinco a Wenceslao Claro y Miguel Angel Lomoine, dos a Carlos Alberto Monti, ocho a Raúl Contreras y Reginaldo Castro y tres años a Rubén Broccos. (Télam)

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