La Corte Suprema pide a Gils Carbó que opine de las tarifas

La Corte Suprema pide a Gils Carbó que opine de las tarifas

La procuradora general de la Nación debe elaborar un dictamen sobre los aumentos Luego, el más alto tribunal dará a conocer su posición. Consumidores creen que no sirven las audiencias informativas

SIN PLAZOS. Gils Carbó debe dar su parecer a la Corte, aunque sus opiniones no serán vinculantes. archivo SIN PLAZOS. Gils Carbó debe dar su parecer a la Corte, aunque sus opiniones no serán vinculantes. archivo
10 Agosto 2016
BUENOS AIRES.- La Corte Suprema inició el procedimiento para resolver el conflicto de las tarifas de gas, al solicitar a la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, su opinión sobre el tema. El máximo tribunal resolvió pedir a la procuradora general que emita un dictamen sobre la suba en las tarifas de gas, dispuesto por el Ministerio de Energía, cuya aplicación fue suspendida por la Cámara Federal de La Plata. Si bien el dictamen no es vinculante, es uno de los pasos previos del máximo tribunal antes de dar a conocer su posición. Gils Carbó no tiene plazo para emitir dictamen, pero se estima que será breve ante la gravedad del tema, ya que el fallo en vigencia retrotrajo las tarifas a los valores previos a las resoluciones 28 y 31 del Ministerio de Energía.

Mediante esas resoluciones, el Gobierno dispuso a partir de marzo la suba de hasta un 2.000% en las tarifas del gas, según el tipo de consumidor y la región en la que reside, de acuerdo a las denuncias de los usuarios. Tras el fallo de la Sala II de la Cámara platense, el 7 de julio pasado, ese mismo tribunal habilitó la apelación del Gobierno pero mantuvo el efecto suspensivo de su medida hasta el fallo de la Corte. La actuación de la Justicia alcanzó también al aumento tarifario de la luz, para el que la jueza federal de San Martín, Martina Forns, hizo lugar a un amparo colectivo y suspendió las subas en todo el país. Los argumentos de los fallos emitidos para frenar el alza de las tarifas se basan en que el Gobierno no hizo audiencias públicas antes de disponer el aumento, como se contempla en los marcos regulatorios para la distribución de electricidad y gas.

El fallo suspensivo de la cámara platense respondió a las apelaciones presentadas por las asociaciones civiles Cepis y Consumidores Argentinos, y a la resolución del Juzgado Federal de primera instancia 4 de esta capital, que ordenó convocar a una audiencia pública para debatir con los usuarios los aumentos.

La Cámara platense estableció que “la Audiencia Pública es un mecanismo de participación ciudadana, que refuerza los principios de acceso a la información y a la transparencia de las actuaciones estatales”, al declarar la “nulidad” de las resoluciones de Energía. El ministro de Energía, Juan Aranguren, anticipó que el Ejecutivo hará una “audiencia informativa”. Sin embargo, entidades defensoras de los consumidores pusieron en duda la validez de esas audiencias, y mientras algunas consideran que esas convocatorias serán una pérdida de tiempo, otras sostienen que no son suficientes para conocer la composición de las tarifas. Osvaldo Riopedre, abogado de la Asociación de Defensa de Consumidores y Usuarios (Adecua), estimó que “con el cambio de nombre (de audiencia pública a informativa) no se cumplen los requisitos”. “Si no hacemos una cuestión tarifaria en serio, donde la tarifa social realmente le llegue a quien le tiene que llegar, se segmente, donde sea progresivo, vamos a estar cuatro años con esto. Va a ser todo el período presidencial. Hay gente dispuesta a que esto no avance”, opinó. (DyN)

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