Según el fiscal, la cárcel fue un eslabón del circuito represivo

Según el fiscal, la cárcel fue un eslabón del circuito represivo

Camuña dijo ante el TOF que el ex juez Manlio Martínez fue cómplice en las maniobras

LUGAR CLAVE. Camuña está a cargo de la oficina local de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad. la gaceta / foto de jorge olmos sgrosso LUGAR CLAVE. Camuña está a cargo de la oficina local de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad. la gaceta / foto de jorge olmos sgrosso
18 Diciembre 2014
La ilegalidad y el intento por maquillarla. Las acciones extrajudiciales y fraguadas y los esfuerzos por ocultarlas son las cuentas enhebradas en el hilo que une los expedientes de la megacausa “Villa Urquiza”. Así lo graficó ayer el Ministerio Público Fiscal (MPF) durante el alegato del juicio que determinará las responsabilidades de 10 imputados en crímenes de lesa humanidad cometidos contra 39 presos políticos o denominados “subversivos” en la cárcel provincial entre 1975 y 1983, durante el terrorismo de Estado.

“Villa Urquiza era un eslabón más en el circuito represivo de la provincia y tenía personal destinado a la llamada lucha contra la subversión”, consideró Pablo Camuña, fiscal federal (ad hoc) a cargo de la oficina local de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad. Contextualizó los hechos y afirmó que las fuerzas de seguridad habilitaron la penitenciaría como un centro clandestino de detención más desde el Operativo Independencia (febrero de 1975).

Explicó cómo era el recorrido de las víctimas. Aclaró que todas fueron secuestradas y no detenidas, dado que los operativos fueron sin órdenes judiciales. La mayoría de los testigos, de hecho, relataron haber sido sacados de su casas durante la noche o bien, atrapados intempestivamente en la calle por personas encapuchadas; ser vendados y maniatados; amenazados y llevados a un sitio sin recibir información de razones o del lugar en el que se encontraban.

Luego, precisó el fiscal, fueron retenidos en general en la “Escuelita de Famaillá” o en la “Jefatura de Policía”, centros en los que fueron torturados con el objetivo de que brindaran información. “La comunidad informativa (integrada por miembros de inteligencia de las fuerzas que trabajaban en conjunto) tenía tres opciones y así figura en las listas aportadas por el testigo Juan Carlos Clemente (en la causa Jefatura I). Se determinaba la libertad, la llamada “disposición final” o ejecución o, bien, pasaban a disposición del Poder Ejecutivo Nacional (PEN)”, describió.

Camuña caracterizó el alojamiento en la cárcel como el “sacarlos a la superficie” tras haber sufrido en los “pozos” de los centros clandestinos. “La disposición no era determinada por un juez, sino por los captores. Ellos eran quienes determinaban que dejaban de estar desaparecidos. Después también recurrían al juez federal, que recibía las declaraciones efectuadas bajo tortura para iniciar las causas y darle una cobertura de legalidad a lo que no lo era”, detalló.

Apuntó especialmente contra el magistrado de entonces, Manlio Martínez, al considerar que fue cómplice en este tipo de operaciones. Recordó que se fraguaron causas y que se rechazaron sistemáticamente los recursos de hábeas corpus presentados por los familiares. “Hubo personas que perdieron seis o siete años en la cárcel sin tener una causa en contra”, rechazó.

Hizo hincapié después en el papel de los imputados que trabajaban en la cárcel. Enumeró las pésimas condiciones de vida en los pabellones y los maltratos físicos y psicológicos a los que eran sometidos los “reclusos”. Subrayó lo llamativo que podría resultar a cualquiera las situaciones irregulares como la presencia de niños y embarazadas o de dependencias con las ventanas soldadas.

Remarcó que, pese a la quema de registros de ingreso a la cárcel y de pertenencias de detenidos que se efectuaron, se pudo reconstruir minuciosamente el paso de los afectados por los pabellones. Inclusive, de los que permanecen desaparecidos. “En estos 40 años se reunieron pruebas de alto valor. Los testimonios de los sobrevivientes han sido nucleares”, concluyó.

Leopoldo Peralta Palma (fiscal general subrogante ante el TOF) y Patricio Rovira (fiscal federal ad hoc) fueron los encargados de valorar las pruebas de cada caso y de recordar las terribles declaraciones de las víctimas. Caracterizaron cuatro grupos de damnificados: las mujeres y sus niños; aquellos que fueron calificados como “subversivos”; los funcionarios públicos detenidos y quienes fueron asesinados en la penitenciaría: Juan Torrente y Juan Carlos Suter.

Repasaron el horror de las torturas y de los abusos sexuales y el sufrimiento de las familias.

El MPF efectuará el pedido de penas durante la próxima audiencia, prevista para el lunes. Ese día comenzarán también a exponer sus argumentos los abogados defensores. La sentencia, en tanto, será el martes 23.

Las querellas de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, Andhes y de la familia Ferreyra y de los familiares de Jorge Kofman requirieron prisión de entre siete años y perpetua para algunos de los sospechosos.

El proceso por la megacausa, el décimo por delitos de lesa humanidad y el segundo de gran magnitud en la provincia, había comenzado a fines de septiembre. Más de 70 testigos, la mayoría sobrevivientes, pasaron frente a los jueces Carlos Jiménez Montilla, Gabriel Casas y Juan Carlos Reynaga.

Los imputados de la causa son Roberto Heriberto Albornoz, Jorge Omar Lazarte, Daniel Álvarez, Ángel Audes, Augusto Montenegro, Santo González, Juan Carlos Medrano, Pedro Fidel García, Francisco Ledesma y Héctor Valenzuela.

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