Eliminación desafortunada

El Ejecutivo ha ido más allá al suprimir el Consejo Asesor de la Magistratura.

24 Diciembre 2003
Una decisión tan desafortunada como intempestiva, ha constituido la eliminación del Consejo Asesor de la Magistratura (CAM), que acaba de disponer el Poder Ejecutivo de la Provincia. Días atrás, en esta columna, formulamos críticas cuando se anunció que dicho Poder iba a nombrar un integrante más del CAM, en su representación (ver "Desacertada innovación", LA GACETA del 14/12). Destacamos entonces la importancia que revestía el CAM. Ahora, el Ejecutivo ha ido sorpresivamente más allá, al decidir directamente la eliminación del Consejo para ejercer, sin intermediaciones, su facultad constitucional de proponer magistrados para el acuerdo legislativo. En el nuevo sistema, el Ejecutivo nominará a quienes le parezca para las funciones de referencia, tras publicar la lista respectiva, de modo que cualquier persona o institución puedan formularle impugnaciones fundadas. Luego, tendrá 30 días hábiles para elevar el pliego a la Legislatura.
Realmente, no se entiende la razón por la cual se ha resuelto dar por tierra con un mecanismo que, por encima de los pros y los contras que se le pudieran achacar, funcionó durante 12 años con un saldo cuyo tono positivo nadie ha discutido. Se reconocía, por parte de la generalidad de los ciudadanos, que había constituido un franco aporte para terminar con los nombramientos discrecionales (permitidos, lamentablemente, por la Constitución); y que se había posibilitado la designación de magistrados por méritos propios y en igualdad de condiciones. La decisión del gobierno Ortega, en 1991, de integrar el CAM, significó una adecuada autolimitación de las facultades discrecionales del Ejecutivo, al poner la fundamental etapa de la selección en manos de un cuerpo integrado por representantes de la Corte, de la Facultad de Derecho de la UNT y del Colegio de Abogados. El dictamen del CAM no era vinculante, pero tenía el suficiente peso como para que se siguiera generalmente su criterio en cuanto a las ternas propuestas.
En todo esto se ha vuelto atrás. El Ejecutivo, por una motivación que no ha expuesto con claridad, quiere descartar ese asesoramiento, que existe, como sabemos, en el orden nacional. Y lo reemplaza con un ensayo de dudosos resultados, justamente en momentos en que es más necesario que nunca mostrar respeto por las instituciones y por la estabilidad de las mismas. Pensamos, como se expresa al comienzo, que la medida no es para nada acertada, y que carece de argumentos que la avalen con solidez. En efecto, si, como dice el decreto, el Ejecutivo aspira a contar con "todos los elementos necesarios para elegir a los mejores" y para valorar integralmente su trayectoria, no se advierte en qué sentido la existencia del CAM impedía el desarrollo de todo ese proceso para cada nombramiento.
Las impugnaciones a los nominados también podían presentarse durante la existencia del CAM. Tampoco parece sostenible el reparo de que este era "funcional a las corporaciones", si se piensa en la jerarquía de las que integraban ese cuerpo, y en su innegable competencia para llevar a cabo un proceso de selección que, además, no era vinculante. Tampoco pueden aducirse razones de orden económico, ya que la existencia del Consejo no pesaba sobre el presupuesto provincial. De ese modo no resultan perceptibles, para la ciudadanía, las causas reales que suscitaron una medida de esta naturaleza. Asimismo no resulta explicable que se haya decidido, justamente, innovar en un tema que hasta el momento no presentaba flancos de problemas ni de dificultades de ningún tipo. Se ha hecho, en suma, un flaco favor a algo tan importante como es la designación de los magistrados judiciales, reemplazando una mecánica que funcionaba adecuadamente.

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