Ruidos molestos

Deben repetarse las ordenanzas municipales

25 Noviembre 2003
La calle Crisóstomo Alvarez al 100 es una cuadra residencial, donde tienen su vivienda numerosas familias. Ocurre que los días viernes y sábados, por la noche, esas familias ven totalmente alterada su tranquilidad por el volumen de la música que se propala desde el local de un club allí ubicado. No se trata de una situación excepcional, sino de algo que se reitera durante los referidos días.
Cabe recordar que existen ordenanzas municipales, cuyo articulado busca asegurar a los habitantes un razonable silencio durante las horas que están destinadas al descanso. Establecen también concretas especificaciones acerca del nivel de ruido que puede permitirse. No es posible que todo ello sea sistemáticamente ignorado sin que la autoridad intervenga para hacer cesar la infracción.
Nos parece que, en el caso de Crisóstomo Alvarez al 100, es necesario tomar medidas correctivas de esa naturaleza que no sólo terminen con el cuadro actual sino que aseguren que no habrá de repetirse. Nadie tiene derecho a perturbar el descanso del prójimo, según lo indican elementales pautas de convivencia que es necesario observar.

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