El voto a los 16 años abre la puerta a la reforma

La Constitución provincial establece que sólo pueden sufragar los mayores de 18 años; advierten que debería retocarse ese artículo. La aprobación en el Congreso del proyecto kirchnerista para ampliar el padrón de electores chocará con la Carta Magna local. "No dejarán pasar la ocasión", dijo Romero

DEBATE. Una comisión del Senado analizará proyectos de ley para incluir a los jóvenes de 16 años en los procesos electorales. LA GACETA / FOTO DE ANALIA JARAMILLO
DEBATE. Una comisión del Senado analizará proyectos de ley para incluir a los jóvenes de 16 años en los procesos electorales. LA GACETA / FOTO DE ANALIA JARAMILLO
Por Redacción Política 12 Septiembre 2012

La legislación electoral de la Nación y la de la Provincia son como dos grandes amigas: no están atadas, pero donde vaya una seguramente irá la otra. Por eso, la iniciativa para que el Congreso habilite el voto optativo a partir de los 16 años para fórmulas presidenciales, diputados y senadores podría repercutir en estas tierras en algo más que la ampliación del padrón electoral.

La modificación de la ley nacional 19.945, que establece los derechos, deberes y condiciones de los votantes para acceder a los comicios de esa jurisdicción, le abriría una puerta a la Legislatura local para reformar la Constitución provincial, donde está consignada la normativa que compete a los electores locales.

Esta posibilidad fue confirmada a LA GACETA por el legislador Marcelo Caponio (PJ), presidente de la comisión de Asuntos Constitucionales e Institucionales de la Cámara. "No existe otra interpretación: si a nivel nacional se vota desde los 16 años, tenemos que modificar nuestra Carta Magna", aseguró el oficialista.

Hoy, un grupo de trabajo del Senado de la Nación empezará a analizar el proyecto kirchnerista para cambiar el Código Electoral argentino. El primer artículo de esta normativa establece que tienen acceso a las urnas nacionales "los ciudadanos de ambos sexos nativos, por opción y naturalizados, desde los 18 años cumplidos de edad" que no estén inhabilitados para hacerlo. Así, el debate en el Congreso se circunscribe a este conjunto de leyes, y no obliga a reescribir las letras de la Constitución nacional.

A nivel provincial, como es la Carta Magna local la que determina quién puede participar de los comicios, el proceso es diferente, explicaron fuentes consultadas por este diario.

Primero, dos tercios de los legisladores deberían aprobar una ley de necesidad de reforma para habilitar los cambios en el artículo 43, inciso 2º, donde se establece que la edad mínima del elector en estas tierras es de 18 años. Luego, el titular del Poder Ejecutivo puede convocar los comicios para convencionales constituyentes, que son quienes deberán trabajar en la reforma.

"No es obligatoria"

"Si existe la idea de que en Tucumán voten los jóvenes desde los 16 años, debería modificarse la Constitución provincial", advirtió el constitucionalista Rodolfo Burgos. El abogado aclaró que no está en contra de modificar este parámetro, aunque lo ideal sería que rija para mandatos posteriores a la gestión que impulsa los cambios. "Tampoco es obligatoria la adhesión a un posible cambio en la Carta Magna nacional", detalló Burgos.

Alertado del debate, el peronista disidente Enrique Fernando Romero consideró que esta independencia normativa a nivel electoral existe porque "se trata de un derecho público no delegado a la Nación". Y analizó las posibles consecuencias de que el kirchnerismo modifique el Código Electoral argentino. "Se cae de maduro que (el gobernador José) Alperovich no dejará pasar esta oportunidad para consagrar una monarquía, convirtiendo los municipios en ducados y las comunas rurales en condados, con parientes y amigos en el poder", opinó el ex funcionario.

Caponio insistió en que "no hay dos posibilidades" si se producen cambios en las leyes nacionales. "No tendría sentido que una persona, a los 16 años, pueda votar presidente y vice, pero no cargos provinciales", aseveró el alperovichista. Y añadió que no pueden efectuarse modificaciones a la Carta Magna a través de enmiendas porque "la Corte Suprema ha marcado la inconstitucionalidad de este sistema", incorporado en 2006.

Desde Casa de Gobierno no hubo ninguna directiva respecto a la reforma, aseguró el legislador. Pero, para disipar dudas sobre la postura del oficialismo, el alperovichista insistió: "si el Congreso cambia el Código Electoral, la Legislatura debe modificar la Constitución". Es decir, donde vaya una legislación, irá la otra.

Coletazos de un debate nacional

Una comisión del Senado analiza hoy proyectos de ley para cambiar el Código Electoral nacional y habilitar el voto voluntario para jóvenes de 16 a 18 años.

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En Tucumán la edad de los electores no está fijada por ley -como en el caso de la Nación- sino en la Carta Magna provincial. Hoy, el mínimo es 18 años.

El legislador Marcelo Caponio confirmó que, en caso de una reforma a nivel nacional -que no tiene fecha-, la Cámara debería modificar la Constitución local.

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