BUENOS AIRES.- La Corte Suprema de Justicia puso en vigencia la Ley de Glaciares que protege reservorios de agua y limita desde las zonas periglaciares la actividad minera a cielo abierto, considerada contaminante, al revocar medidas cautelares dictadas en San Juan que frenaban su aplicación.
El fallo fue destacado por diputados nacionales opositores, mientras el fiscal de estado de San Juan, Guillermo De Sanctis, dijo que resta que la Corte "se expida sobre el tema de fondo, el planteo de inconstitucionalidad" de la norma. En aparente desafío a la resolución del máximo tribunal del país, el funcionario sanjuanino dijo que el gobierno provincial "va a demostrar que la ley nacional es innecesaria", ya que la norma de protección ambiental de San Juan "está más avanzada que todos en cuanto a los glaciares".
La Corte dejó sin efecto medidas cautelares dictadas por la justicia federal de San Juan y despejó el camino para que se realice un inventario de los glaciares en todo el país, como indica la ley nacional, que estaba suspendida desde hace un año.
Las cautelares fueron pedidas por las empresas mineras Barrick Exploraciones Argentina SA y Exploraciones Mineras Argentinas SA, y por el sindicato Asociación Obrera Minera Argentina, sobre el emprendimiento de Pascua Lama que se encuentra en construcción sobre tierras que cruzan la cordillera entre Argentina y Chile.
La Corte cuestionó al juzgado federal de San Juan al sostener que no se advierte cuáles son los "efectos irreparables" en los intereses de las empresas que advirtió el juez para suspender la aplicación de ley de glaciares. Esa norma busca preservar a los glaciares y al ambiente periglacial, como reserva estratégica de recursos hídricos para consumo humano, agricultura y recarga de ríos.
El fallo, firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton, Carlos Fayt, Santiago Petracchi y Juan Carlos Maqueda, consideró que la cautelar del juzgado de San Juan "no aparece como un remedio proporcionado a la naturaleza y relevancia de la hipotética ilegitimidad que se denuncia". (DyN)
El fallo fue destacado por diputados nacionales opositores, mientras el fiscal de estado de San Juan, Guillermo De Sanctis, dijo que resta que la Corte "se expida sobre el tema de fondo, el planteo de inconstitucionalidad" de la norma. En aparente desafío a la resolución del máximo tribunal del país, el funcionario sanjuanino dijo que el gobierno provincial "va a demostrar que la ley nacional es innecesaria", ya que la norma de protección ambiental de San Juan "está más avanzada que todos en cuanto a los glaciares".
La Corte dejó sin efecto medidas cautelares dictadas por la justicia federal de San Juan y despejó el camino para que se realice un inventario de los glaciares en todo el país, como indica la ley nacional, que estaba suspendida desde hace un año.
Las cautelares fueron pedidas por las empresas mineras Barrick Exploraciones Argentina SA y Exploraciones Mineras Argentinas SA, y por el sindicato Asociación Obrera Minera Argentina, sobre el emprendimiento de Pascua Lama que se encuentra en construcción sobre tierras que cruzan la cordillera entre Argentina y Chile.
La Corte cuestionó al juzgado federal de San Juan al sostener que no se advierte cuáles son los "efectos irreparables" en los intereses de las empresas que advirtió el juez para suspender la aplicación de ley de glaciares. Esa norma busca preservar a los glaciares y al ambiente periglacial, como reserva estratégica de recursos hídricos para consumo humano, agricultura y recarga de ríos.
El fallo, firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton, Carlos Fayt, Santiago Petracchi y Juan Carlos Maqueda, consideró que la cautelar del juzgado de San Juan "no aparece como un remedio proporcionado a la naturaleza y relevancia de la hipotética ilegitimidad que se denuncia". (DyN)







