Empezarán a distribuir el formulario que deben completar los que quieran mantener el subsidio

Empezarán a distribuir el formulario que deben completar los que quieran mantener el subsidio

El documento, que reviste carácter de declaración jurada, se entregará durante los próximos días junto con la boleta de Gasnor. Se le presentará al cliente 12 puntos; aquellos que se encuadren en algunos de estos seguirán recibiendo la ayuda. Cruce de datos

02 Diciembre 2011
Los usuarios tucumanos que pretendan seguir pagando la tarifa del gas subsidiada por el Estado deberán completar el formulario que les comenzará a llegar en los próximos días, junto con la boleta del servicio. El documento -que funcionará como una declaración jurada- presenta 12 preguntas que el cliente deberá responder, marcando con una "X" la opción que corresponda (Ver "El cuestionario"). "Aquellos titulares que se encuadren bajo alguna/as de estas condiciones continuarán percibiendo el subsidio del Estado Nacional realizando el trámite correspondiente en cada una de sus distribuidoras", indica el texto. En el caso de Tucumán, la distribuidora es Gasnor.

El contenido del formulario se incluye como "Anexo II" en la resolución 1993/2011 del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) -publicada ayer en el Boletín Oficial de la Nación-, rubricada por el interventor del órgano, Antonio Pronsato. La norma completa reglamenta lo que el miércoles 16 de noviembre habían anunciado los ministros Amado Boudou (Economía) y Julio de Vido (Planificación Federal: la quita del 100 % de la ayuda estatal a los servicios de agua, de electricidad y de gas para empresas que refinan combustibles y explotan pozos de gas, para fábricas de agroquímicos y de biocombustibles, para usuarios porteños de Puerto Madero y de barrio Parque, y para los que habitan en countries de todo el país.

La resolución 1993/2011 también instruye a las distribuidoras del fluido a aplicar a los usuarios consignados renglones arriba los consumos registrados desde el 1 de enero del año que viene en forma completa; es decir, sin el beneficio del subsidio. Asimismo, prescribe que se deberán mantener las pautas y condiciones de excepción y exclusión establecidas por el Ministerio de Planificación Federal: por ejemplo, jubilados que perciban el haber mínimo o discapacitados, entre otros.

Advertencia

En el formulario se insiste sobre el carácter de declaración jurada del documento; a tal punto que se advierte que lo expresado por el cliente será luego cerciorado con las bases de datos contributivas del grupo familiar. El Gobierno ya había aclarado que cruzará los datos del que solicite mantener el beneficio con información de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y de otros organismos, para determinar si se justifica la demanda. Cuando eso no se verifique, incluso no descartaban visitar al cliente, para analizar la situación particular. Esto se recuerda en el formulario: "un asistente social se acercará a su domicilio a fin de verificar la información e iniciar el trámite de exención".

Según se expresa en el cuestionario, el usuario contará con 30 días, desde la recepción de la carta, para contestarlo. "En caso de no recibir respuesta se procederá a la quita del subsidio", añade. Si bien el texto no lo indica, trascendió que los usuarios deberán enviar por Correo Argentino el formulario, con las respuestas.

Los clientes que deseen renunciar voluntariamente al subsidio pueden hacerlo desde la web del Ministerio de Planificación Federal (www.minplan.gob.ar) o por vía telefónica, en forma gratuita, llamando al 0800-888-8765. En caso de dudas, también se puede consultar a este centro de atención al cliente.

El cuestionario

Usted acredita una enfermedad crónica que implique un mayor consumo del servicio.

Usted percibe como único ingreso previsional una jubilación y/o pensión equivalente a un haber mínimo.

Usted percibe Pensiones No Contributivas.

Usted es beneficiario de algún Plan o Programa Social (Asignación Universal por Hijo, Subsidios Por Desempleo, Plan Familias, etcétera).

Usted tiene el domicilio afectado por actividades de índole social (institutos, comedores comunitarios, centros de recuperación, etcétera).

Usted percibe alguna asignación familiar.

Usted cuenta con certificado de discapacidad.

Usted posee ingresos familiares insuficientes para afrontar el pago de la tarifa plena.

Se encuentra exento del pago de ABL (impuesto municipal).
Su vivienda posee características edilicias desfavorables que impliquen la utilización de un mayor consumo de otro servicio. (*)

Su vivienda posee un local anexo destinado a la actividad comercial (pequeños comercios, talleres de oficio, etcétera).

En su vivienda conviven múltiples hogares.

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