25 Mayo 2011 Seguir en 
BUENOS AIRES.- La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró la inconstitucionalidad del decreto 992/02, en la causa "Johnson & Johnson de Argentina contra el Deutsche Bank", sobre cumplimiento de contratos de compraventa de moneda extranjera a término celebrados durante la vigencia de la convertibilidad y con fecha de liquidación posterior a la caída de este régimen. El alto tribunal de justicia consideró inconstitucional lo dispuesto por el decreto, en tanto establece que esa clase de contratos -siempre que una de las partes sea una entidad financiera- se liquiden al tipo de cambio fijo de $1,40 por cada unidad de dólar. La Corte sostuvo que la normativa desnaturaliza esos tipos de contratos cuya principal finalidad consiste en la traslación del riesgo de la variación del valor de la moneda, a cambio de una contraprestación, mediante la fijación por anticipado del tipo de cambio que se aplicará al momento de la liquidación. Según el tribunal, la disposición, "si bien había sido dictada ante una emergencia y tuvo en mira a las entidades financieras que celebraron contratos de futuro y opciones en moneda extranjera, privó al cocontratante de su derecho a obtener la íntegra satisfacción de su crédito y desnaturalizó el contrato".







