Los jueces entendieron que Pérez fue el que disparó

Los jueces entendieron que Pérez fue el que disparó

Las deliberaciones demandaron siete horas. La decisión fue por unanimidad.

19 Mayo 2011
Estuvieron encerrados siete horas en una habitación. Sobre la mesa había libros de Derecho Penal y Civil, y varios de los alrededor de 40 cuerpos que tiene la causa por el homicidio del juez Héctor Agustín Aráoz. Así, luego de un agotador análisis de las pruebas, los vocales de la sala I de la Cámara Penal, Pedro Roldán Vázquez, Carlos Norry y Emilio Páez de la Torre, llegaron al veredicto. Y fue por unanimidad.
Los magistrados no sólo se ocuparon de las sentencias de cinco acusados. También debieron tratar los planteos de nulidad y de exclusión probatoria (más de 20) presentados por los defensores.
Aunque los fundamentos se darán a conocer el 2 de junio, todo indica que, según los jueces, se usó el arma reglamentaria del ex oficial Darío Pérez para asesinar al magistrado. Esto se desprende no sólo de la condena de 18 años, sino también de la resolución civil.
¿Cómo llegó el tribunal a considerar que le cabía esa pena?
Primero, se desestimó los dos agravantes del delito de homicidio que había propuesto la fiscala de Cámara, Juana Prieto de Sólimo. Los jueces no dieron por acreditado que el crimen se haya perpetrado con alevosía y ensañamiento. Aunque Aráoz murió desangrado tras la balacera, no se probó que Pérez haya tenido la intención de provocarle deliberadamente un sufrimiento a la víctima. Por eso, se lo condenó por el delito de homicidio simple (artículo 79 del Código Penal), que establece una pena de 8 a 25 años de cárcel.
Los magistrados también consideraron que Ema Hortensia Gómez es responsable de la muerte del juez, pero como partícipe primaria. La condenaron a 13 años de prisión. Entienden que, sin su intervención, Pérez no podría haber llevado a cabo el hecho. Incluso, hasta pareciera ser que no se dio por probado que ella haya disparado.
El encubridor
A Andrés Fabersani lo condenaron a cinco años de cárcel por encubrimiento agravado. Los magistrados, al parecer, entendieron que el ex oficial entorpeció la investigación con su actitud. En contraste, consideraron que Rodolfo Domínguez y Rubén Albornoz no favorecieron la desaparición de pruebas. O, al menos, no se probó eso durante el debate oral y público. Los vocales tocaron estos y otros puntos. Durante su labor, pidieron dos pocillos de café cada uno, y almorzaron (cerca de las 14) un sándwich que acompañaron con jugo.
Poco después de las 17, en medio de un clima tenso, confirmaron quiénes mataron al juez Aráoz.

Darío Pérez
18 años de cárcel fue la condena que recibió el ex oficial. La ley prevé permisos de semilibertad cuando el reo cumple la mitad de la pena (si es que recibe informes favorables del Servicio Penitenciario). Pérez pasó cuatro años en Villa Urquiza, bajo el régimen de prisión preventiva. Si el fallo queda firme, podría recibir beneficios tras cinco años de cárcel. Pero cada noche deberá dormir allí.

Ema Gómez 
13 años fue la sentencia contra Ema Gómez. Ella también estuvo cuatro años presa, y ese período se computa. Si tiene buen comportamiento y los informes la favorecen, podrá recibir permisos de semilibertad una vez que pase dos años y medio en la cárcel (en caso de que la condena quede firme). Hasta cumplir los dos tercios de la pena, deberá volver a la cárcel cada noche.

Andrés Fabersani
5 años fue la pena que recibió el ex oficial, sindicado como encubridor. Él, a diferencia de Pérez y Gómez, sólo estuvo detenido menos de un mes. Así (siempre si la sentencia queda firme), deberá purgar al menos dos años y medio de cárcel en el penal de Villa Urquiza antes de recibir un permiso de semilibertad. Obtendrá más beneficios cuando cumpla los dos tercios de la pena.

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