08 Abril 2011 Seguir en 
Las edades límite.- Según el Régimen Penal de Minoridad, no es punible el menor de 16 años. Tampoco el menor de 18 con respecto a los delitos de acción privada con penas privativas de libertad que no excedan los dos años de prisión.
Cuando es imputable.- Si el chico es punible (por ejemplo, si tiene 17 años y se sospecha que cometió un homicidio simple, cuya pena va de 8 a 25 años de cárcel) un juez de Menores dispondrá de él provisoriamente. El magistrado ordenará una serie de informes. Luego, un tribunal penal ordinario juzgará al menor y dictará su responsabilidad penal o no. El juez de Menores impone la pena, que puede ser absolutoria.
Cuando es imputable.- Si el chico es punible (por ejemplo, si tiene 17 años y se sospecha que cometió un homicidio simple, cuya pena va de 8 a 25 años de cárcel) un juez de Menores dispondrá de él provisoriamente. El magistrado ordenará una serie de informes. Luego, un tribunal penal ordinario juzgará al menor y dictará su responsabilidad penal o no. El juez de Menores impone la pena, que puede ser absolutoria.
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