05 Octubre 2010 Seguir en 
Más sentencias y menos reincidencia. En eso podría redundar la nueva modificación de la Ley de Flagrancia, en opinión del ministro fiscal, Luis Augusto De Mitri. "Este tipo de procesos implica, de la forma en que fue instaurado en varias provincias, brindar un sistema ágil de respuesta judicial a los delitos que a diario preocupan a todos, especialmente a la sociedad. Así, cuando se hubieran reunido las pruebas suficientes, se podrá llegar en un lapsus mucho más breve a una condena", dijo el representante del Ministerio Público en diálogo con LA GACETA.
Desde hace dos años, la comisión de Seguridad de la Legislatura venía trabajando en la Ley de flagrancia, aplicable para casos en los que el sospechoso es aprehendido cuando se comete el delito o inmediatamente después, entre otras características.
La penúltima vez que se había modificado esa norma, los fiscales de instrucción encontraron varios inconvenientes para aplicarla a pleno. Por eso, con la venia de De Mitri, fiscales de los tres centros judiciales colaboraron con los legisladores para consensuar una ley definitiva. El jueves, esta fue aprobada finalmente por unanimidad.
Las autoridades del Legislativo y del Judicial entienden que los ciudadanos exigen respuestas inmediatas cuando se comete un delito. Y así también lo entiende el ministro fiscal. "Los que estamos vinculados a esta problemática estamos bajo la mirada y la consideración de la sociedad. En primer lugar, el Poder Ejecutivo, pues bajo su órbita actúa la Policía, tanto en funciones preventivas como de auxiliar de los fiscales de instrucción. Es verdad que la sociedad reclama por aquello que, dice, no es una sensación de inseguridad, sino una realidad. Lo que se procura con esta Ley de flagrancia es lograr, en un breve tiempo, llegar a una condena", dijo De Mitri.
El ministro fiscal fundamentó por qué la nueva legislación podría subsanar las anteriores fallas. "Los delitos que se producen a diario contra la propiedad, como hurtos y robos, cuando siguen el plazo ordinario que tienen todas las causas judiciales, y con el cúmulo de causas que hay en una fiscalía, quedan inmersos en este impresionante volumen. Esto lleva a una demora tal que, cuando se llega a la elevación a juicio, puede haber pasado un tiempo considerable. Y esta clase de delitos conmueven por su frecuencia y por su afectación", explicó. Desde ahora, añadió, los fiscales podrán solicitar la aplicación de la Ley de flagrancia, e inmediatamente constatar las pruebas (como evidencias secuestradas y testimonios) y realizar los otros pasos que exige la norma (identificación certera de la persona; certificación de los antecedentes personales y judiciales; eventuales informes médicos, entre otros).
Los fiscales tienen un plazo inicial de 20 días (prorrogable por otros 20) para realizar estas medidas. "Una vez que se cumple con todo esto -detalló De Mitri-, se puede llegar a dos situaciones: solicitar un proceso alternativo que sustituye al debate oral, como la suspensión del juicio a prueba o el juicio abreviado; o, directamente, hacer el requerimiento de elevación a juicio de la causa". En este último caso, el tribunal debe tener lista la sentencia (condenatoria o absolutoria) en dos meses.
"Lo que se procura es que, al tratarse de un caso de flagrancia, donde la prueba es más accesible, exista una respuesta judicial ágil. Esto, estimo, significará que la sociedad se sentirá más atendida en sus reclamos, que son justos. A su vez, esto posibilitará que en los casos de reincidencia, cuando no se trate de una primera condena, se llegue a un cumplimiento efectivo de la condena", añadió el ministro.
Desaliento
De Mitri admitió que hay causas sobre delitos contra la propiedad cuya investigación se extiende más de lo aconsejable. "Estos procesos, por lo general, duran varios meses, y en algunos casos pasa fácilmente más de un año. Eso desalienta a la comunidad, y a los autores de este tipo de delitos los hace sentir como que, en principio, no se hace nada", señaló.
Antes de que se realizara el trabajo conjunto con los legisladores, varios fiscales realizaron pruebas piloto de la Ley de flagrancia, para constatar en qué medida esta podía aplicarse, teniendo en cuenta la infraestructura que posee el Poder Judicial y las demás normas que rigen en la provincia. "Se ha constatado que es posible totalmente cumplir con los tiempos. Hay informes médicos y ambientales que, en un comienzo, perturbaban un poco el criterio de los fiscales sobre cómo debía llevarse a cabo. Sobre todo, porque se podía colapsar el Gabinete Psicosocial de Tribunales si se requería en demasiados casos. Por eso, se vio que podíamos instrumentarlo como una constatación, y no como informes demasiado profundos", explicó.
De Mitri remarcó que la Ley de flagrancia es aplicable para mayores y menores. Pero hizo la salvedad de que, en este último caso, el juez de Menores tiene la última palabra. "En los casos de 16 a 18 años, eventualmente punibles para ciertos delitos, el tratamiento es diferente. Incluso, una vez declarada la responsabilidad penal, el juez de Menores puede eximirlo de pena", dijo.
Desde hace dos años, la comisión de Seguridad de la Legislatura venía trabajando en la Ley de flagrancia, aplicable para casos en los que el sospechoso es aprehendido cuando se comete el delito o inmediatamente después, entre otras características.
La penúltima vez que se había modificado esa norma, los fiscales de instrucción encontraron varios inconvenientes para aplicarla a pleno. Por eso, con la venia de De Mitri, fiscales de los tres centros judiciales colaboraron con los legisladores para consensuar una ley definitiva. El jueves, esta fue aprobada finalmente por unanimidad.
Las autoridades del Legislativo y del Judicial entienden que los ciudadanos exigen respuestas inmediatas cuando se comete un delito. Y así también lo entiende el ministro fiscal. "Los que estamos vinculados a esta problemática estamos bajo la mirada y la consideración de la sociedad. En primer lugar, el Poder Ejecutivo, pues bajo su órbita actúa la Policía, tanto en funciones preventivas como de auxiliar de los fiscales de instrucción. Es verdad que la sociedad reclama por aquello que, dice, no es una sensación de inseguridad, sino una realidad. Lo que se procura con esta Ley de flagrancia es lograr, en un breve tiempo, llegar a una condena", dijo De Mitri.
El ministro fiscal fundamentó por qué la nueva legislación podría subsanar las anteriores fallas. "Los delitos que se producen a diario contra la propiedad, como hurtos y robos, cuando siguen el plazo ordinario que tienen todas las causas judiciales, y con el cúmulo de causas que hay en una fiscalía, quedan inmersos en este impresionante volumen. Esto lleva a una demora tal que, cuando se llega a la elevación a juicio, puede haber pasado un tiempo considerable. Y esta clase de delitos conmueven por su frecuencia y por su afectación", explicó. Desde ahora, añadió, los fiscales podrán solicitar la aplicación de la Ley de flagrancia, e inmediatamente constatar las pruebas (como evidencias secuestradas y testimonios) y realizar los otros pasos que exige la norma (identificación certera de la persona; certificación de los antecedentes personales y judiciales; eventuales informes médicos, entre otros).
Los fiscales tienen un plazo inicial de 20 días (prorrogable por otros 20) para realizar estas medidas. "Una vez que se cumple con todo esto -detalló De Mitri-, se puede llegar a dos situaciones: solicitar un proceso alternativo que sustituye al debate oral, como la suspensión del juicio a prueba o el juicio abreviado; o, directamente, hacer el requerimiento de elevación a juicio de la causa". En este último caso, el tribunal debe tener lista la sentencia (condenatoria o absolutoria) en dos meses.
"Lo que se procura es que, al tratarse de un caso de flagrancia, donde la prueba es más accesible, exista una respuesta judicial ágil. Esto, estimo, significará que la sociedad se sentirá más atendida en sus reclamos, que son justos. A su vez, esto posibilitará que en los casos de reincidencia, cuando no se trate de una primera condena, se llegue a un cumplimiento efectivo de la condena", añadió el ministro.
Desaliento
De Mitri admitió que hay causas sobre delitos contra la propiedad cuya investigación se extiende más de lo aconsejable. "Estos procesos, por lo general, duran varios meses, y en algunos casos pasa fácilmente más de un año. Eso desalienta a la comunidad, y a los autores de este tipo de delitos los hace sentir como que, en principio, no se hace nada", señaló.
Antes de que se realizara el trabajo conjunto con los legisladores, varios fiscales realizaron pruebas piloto de la Ley de flagrancia, para constatar en qué medida esta podía aplicarse, teniendo en cuenta la infraestructura que posee el Poder Judicial y las demás normas que rigen en la provincia. "Se ha constatado que es posible totalmente cumplir con los tiempos. Hay informes médicos y ambientales que, en un comienzo, perturbaban un poco el criterio de los fiscales sobre cómo debía llevarse a cabo. Sobre todo, porque se podía colapsar el Gabinete Psicosocial de Tribunales si se requería en demasiados casos. Por eso, se vio que podíamos instrumentarlo como una constatación, y no como informes demasiado profundos", explicó.
De Mitri remarcó que la Ley de flagrancia es aplicable para mayores y menores. Pero hizo la salvedad de que, en este último caso, el juez de Menores tiene la última palabra. "En los casos de 16 a 18 años, eventualmente punibles para ciertos delitos, el tratamiento es diferente. Incluso, una vez declarada la responsabilidad penal, el juez de Menores puede eximirlo de pena", dijo.
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