Llegan a la entrevista sabiendo que el CAM los propondrá al Ejecutivo

Serán interrogados tres postulantes que compiten por vocalías en la Cámara de Familia.

Por Redacción Política 21 Septiembre 2010
Por segunda vez en la corta historia del Consejo Asesor de la Magistratura (CAM) en su actual conformación, serán entrevistados abogados que accedieron a esa instancia en un concurso convocado originariamente para cubrir tres vacantes en la Cámara de Familia y Sucesiones de la capital.

A partir de las 17, los integrantes del órgano que encabeza Antonio Gandur interrogarán a Marta Paz de Centurión y a Ester Valderrábano de Casas (juezas del fuero que aspiran a un ascenso), y al letrado Juan Justo Daniel de la Torre. Ellos fueron los únicos de 12 postulantes que reunieron -como mínimo- 60 puntos entre la prueba de oposición escrita y la calificación que merecieron por sus antecedentes, para pasar a la la etapa final de este proceso.

De acuerdo con el artículo 44 del Reglamento Interno del CAM, la entrevista con los aspirantes tiene por finalidad valorar sus motivaciones para el cargo, la forma en que eventualmente desarrollarán la función, sus puntos de vista sobre los temas básicos de su especialidad, así como sobre el funcionamiento del Poder Judicial.

Asimismo, los consejeros también pueden efectuar preguntas sobre la jurisprudencia de las corte supremas de justicia de Tucumán y de la Nación, así como cualquier otra información que fuera conveniente requerir.

Luego, los consejeros deberán calificar a los postulantes, con lo cual quedará establecido el orden de mérito provisorio.

Independientemente de cual sea el orden final, el CAM estará en condiciones de elevar al Poder Ejecutivo los nombres de los tres postulantes que siguen en carrera.

Imposibilidad
El interrogante radica en qué actitud adoptará el gobernador. A este proceso no se le aplican las reformas introducidas a la Ley 8.197. Como consecuencia, el CAM debería elevar cinco nombres al primer mandatario, pero sólo podrá remitirle tres.

Asimismo, el concurso fue tramitado para cubrir simultáneamente las tres vacantes, razón por la que, en principio, el CAM tendría que haber elevado siete nombres al gobernador: cinco para la primera y uno más para cada una de las otras dos, de manera que el mandatario (luego de haber elegido al primer vocal) dispusiera siempre de cinco opciones.

Aun cuando no se hubiera alcanzado la cota del quinteto, en el CAM confían en que, en el nuevo contexto, el Poder Ejecutivo elegirá a uno de los tres aspirantes para, al menos, cubrir una de las vacantes. En esa hipótesis el CAM tendrá que llamar a dos nuevos concursos -en forma paralela- para proveer a los dos vocalías restantes que se encuentran acéfalas. El órgano deberá recurrir a procesos individuales, porque las modificaciones concretadas a la Ley 8.197 (organiza el funcionamiento del CAM) sólo prevén dicho mecanismo, razón por la cual los concursos múltiples han quedado proscriptos.

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