15 Abril 2003 Seguir en 
BUENOS AIRES.- La Cámara en lo Contencioso Administrativo consideró que la oferta para la recuperación de dinero atrapado en el corralón podría representar una forma de "presión para lograr una transacción o un medio de extorsión" que perjudicaría a los ahorristas. La Sala 1 de la Cámara confirmó así una medida cautelar a favor de una ahorrista -Elena Muñoz de Canevaro-, que tenía su dinero atrapados en el BankBoston.
Según el tribunal, es impensable que el Estado y los bancos pretendan que el derecho de los ahorristas a recuperar su dinero "sólo pueda ser ejercido a condición de que el ahorrista acepte la cancelación total de su depósito en la forma que unos y otros ofrecen".
Esa forma implica la percepción de títulos públicos a más de 10 años de plazo por la diferencia entre las sumas que se le ofrece pagar en efectivo y el valor del dólar en el mercado libre de cambios en el caso de la oferta estatal, o perdiendo lisa y llanamente esa diferencia en el caso del ofrecimiento de los bancos, consideraron los camaristas.
La metodología implica imponer a los ahorristas "una renuncia a proseguir con la acción judicial que, ante la existente posibilidad de entregarle las sumas ofrecidas y seguir discutiendo judicialmente el mérito y la forma de pago de la diferencia, presentaría connotaciones extorsivas", dijeron los jueces.
Los camaristas Néstor Buján, Pedro Coviello y Bernardo Licht consideraron que esa forma de pago contemplada en la denominada apertura del corralón es "indigna de ser propuesta por los representantes del pueblo de la Nación o los bancos que, por autorización de las autoridades nacionales, son los únicos habilitados para intermediar habitualmente entre la oferta y demanda pública de dinero". (DyN)
Según el tribunal, es impensable que el Estado y los bancos pretendan que el derecho de los ahorristas a recuperar su dinero "sólo pueda ser ejercido a condición de que el ahorrista acepte la cancelación total de su depósito en la forma que unos y otros ofrecen".
Esa forma implica la percepción de títulos públicos a más de 10 años de plazo por la diferencia entre las sumas que se le ofrece pagar en efectivo y el valor del dólar en el mercado libre de cambios en el caso de la oferta estatal, o perdiendo lisa y llanamente esa diferencia en el caso del ofrecimiento de los bancos, consideraron los camaristas.
La metodología implica imponer a los ahorristas "una renuncia a proseguir con la acción judicial que, ante la existente posibilidad de entregarle las sumas ofrecidas y seguir discutiendo judicialmente el mérito y la forma de pago de la diferencia, presentaría connotaciones extorsivas", dijeron los jueces.
Los camaristas Néstor Buján, Pedro Coviello y Bernardo Licht consideraron que esa forma de pago contemplada en la denominada apertura del corralón es "indigna de ser propuesta por los representantes del pueblo de la Nación o los bancos que, por autorización de las autoridades nacionales, son los únicos habilitados para intermediar habitualmente entre la oferta y demanda pública de dinero". (DyN)







