Disposición de fondos del Tesoro provincial

25 Febrero 2010
Hace pocos días, ganó la atención pública la disposición del Tribunal de Cuentas de la Provincia, de objetar el pago de $800.000 que la Fundación Salud facturaba al Siprosa, como devengados por servicios sobre cursos de capacitación de endodoncia.

Además del monto, por demás elevado (ya que implicaba para la Provincia el costo de unos $8.000 por alumno), la factura presentaba irregularidades como la falta de números de documentos de identidad de los odontólogos y auxiliares teóricamente asistentes; la ausencia de constancias de que ese personal sea efectivamente del Siprosa, y el hecho de que se consigna como fecha de inicio de actividades agosto de 2009, a pesar de que la capacitación correspondía a mayo.

En la edición de ayer, la Facultad de Odontología de la UNT, consultada por nuestros periodistas, informó que durante 2009 dictó cursos de endodoncia, por montos que llegarían a $2.000, cifra muy inferior por cierto a los costos del Siprosa. La decana recalcó que su Facultad es una de las mejores del país en cuanto a nivel académico, y que estaba, por tanto, en perfectas condiciones de proporcionar esa capacitación que el Gobierno de la Provincia encargó a la Fundación Salud. Manifestó, asimismo, que no había sido consultada por el Ministerio sobre la disponibilidad de la casa para encargarse de ello.

Más allá de las derivaciones que esta cuestión tenga (es sabido que, en la Legislatura, la oposición ha solicitado la interpelación al ministro de Salud), parece indispensable un comentario crítico.

Llama la atención, en primer lugar, que en medio de las dificultades económicas conocidas que aquejan al país y por tanto al Estado provincial, se dispongan gastos de la cuantía referida. Y que sean en beneficio de instituciones extrañas a la provincia, sin una compulsa previa acerca de las posibilidades de requerir los servicios facturados dentro de nuestro ámbito y por un monto menor.

Es sabido que toda inversión de fondos públicos está sometida, de acuerdo a la ley de Contabilidad vigente y a otras reglamentaciones, a una serie de recaudos. Ellos tienden al cuidadoso control de las erogaciones del Tesoro provincial y, consecuentemente, a la transparencia de cada operación. El hecho de que, al parecer, se carezca de constancias en el expediente sobre la identidad de los participantes, o que no encajen las fechas reales de la prestación con las que constan en la factura, está hablando de una ligereza totalmente inadmisible en los trámites.

Ligereza o desprolijidad que aparece como más grave, cuando se considera la dimensión del monto involucrado. Aquella contrasta con la nutrida papelería que exige cualquier gasto en la administración pública, según consta a cualquiera de los proveedores del Estado cuando tramitan la percepción de sus créditos.

Este cuadro de situación -al menos juzgando por las características que se han difundido- proporciona, a la opinión pública, una impresión francamente negativa respecto del cuidado con que se dispone del erario público. De no mediar la intervención del Tribunal de Cuentas, es muy probable que el tema no hubiera tenido trascendencia. En ese sentido, resulta positivo advertir que el organismo ha ejercido en plenitud las funciones que por ley le corresponden.

El asunto tiene la suficiente envergadura como para suscitar una investigación a fondo, de todos sus aspectos. Ha de esclarecerse la razón por la cual se dispone con tanta liberalidad y obviando requisitos elementales, en momentos de crisis, de partidas del Presupuesto provincial. Y ni dudar que los responsables que surjan, en cualquier nivel, deban ser debidamente responsabilizados. No puede existir otro camino.

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