Los deudores de todos los impuestos y del sistema de seguridad social y los que hayan sido multados o que tengan cargos suplementarios por tributos aduaneros vencidos hasta el 31 de diciembre pasado tendrán la oportunidad de acogerse al nuevo plan de facilidades de pagos, lanzado ayer oficialmente por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Según la información proporcionada a LA GACETA por el organismo recaudador, el nuevo plan, denominado "Mis Facilidades", contempla todo tipo de deudas, con un plazo de pago de entre 24 y 120 meses, y una tasa de interés del 1,5% mensual. Comenzará a regir desde el 20 del corriente y hasta el 31 de marzo próximo. Fuentes de la AFIP indicaron que la adhesión al programa se realizará por internet sin necesidad de realizar trámites presenciales. El pago puede realizarse por débito bancario.
Las deudas por aportes personales de los trabajadores en relación de dependencia y las retenciones a las exportaciones se podrán normalizar en 24 meses, mientras que el resto en 10 años y un pago mínimo de la cuota de $ 150. El plan "Mis Facilidades", aprobado por la Resolución General 2.518 de la AFIP, establece que el importe de la primera cuota no podrá ser inferior al 3% de la deuda consolidada, ni menor a $ 150. (ver infograma)
Quedarán excluidos del régimen los anticipos y/o pagos a cuenta, las retenciones con destino a la seguridad social, excepto los aportes personales de los trabajadores en relación de dependencia y el IVA que se debe ingresar por las prestaciones de servicios realizadas en el exterior.
Los contribuyentes tienen también la posibilidad de reformular planes de facilidades que se encuentren vigentes siempre y cuando no tengan cuotas vencidas impagas, informaron desde el organismo. Esta reformulación podrá efectuarse en el sistema "Mis Facilidades" opción "Reformulación del Plan", seleccionando Plan Especial.
Detalles del sistema
La cancelación de acuerdo con el plan de facilidades, no implica reducción alguna de intereses resarcitorios y/o punitorios como tampoco liberación de las sanciones respectivas.

La adhesión al plan se realizará exclusivamente por internet, con Clave Fiscal, desde la página web del organismo (www.afip.gov.ar) a través del Sistema Mis Facilidades, opción "Plan Especial - Deuda vencida al 31 de diciembre de 2007", desde el 20 de este mes y hasta el 31 de marzo.
Las cuotas vencerán el 16 de cada mes a partir del mes siguiente en que se realice la adhesión al plan, y se cancelarán exclusivamente por débito directo en la cuenta corriente o en la caja de ahorros del contribuyente.

Se contempla la posibilidad de que el adherente obtenga una caja de ahorros fiscal gratuita en la que se le debitarán las cuotas. Esta cuenta podrá solicitarse en cualquier sucursal del Banco Nación.
Para consultas o informes, los contribuyentes pueden comunicarse con el Centro de Información Telefónica de la AFIP 0810-999-2347 o *2347 desde el celular.







