La Caja Popular dará créditos a jubilados

Podrán acceder a los préstamos de hasta $ 2.100 los pasivos que cobran a través de la Anses.

ANUNCIO OFICIAL. El interventor Koltan dio detalles sobre la línea crediticia. LA GACETA/JOSE NUNO
ANUNCIO OFICIAL. El interventor Koltan dio detalles sobre la línea crediticia. LA GACETA/JOSE NUNO
19 Septiembre 2008
La semana que viene estará operativa en la Caja Popular de Ahorros una línea especial de créditos personales para los 35.000 jubilados y pensionados transferidos a la Nación que cobran por medio de la Anses. Lo anunció el interventor de la entidad financiera oficial, Mario Koltan. "La partida asignada para estos préstamos será, en una primera etapa, de $ 10 millones", afirmó el funcionario, y así dejó abierta la posibilidad a una extensión de la operatoria si es que esta da buenos resultados.
El plazo de los créditos será de entre 12 y 18 meses y el monto por otorgar no podrá superar el valor equivalente a tres haberes jubilatorios. "Si un beneficiario de este sector tiene un ingreso mensual de $ 700 el monto del crédito sería de hasta $ 2.100", ejemplificó Koltan.
El interventor puso énfasis en la tasa de interés. "Esta será del 20% anual final. Es decir que no habrá ningún costo adicional, lo cual es importante porque muchos de los jubilados hoy están acudiendo a distintas entidades, mutuales y financieras, y pagan altísimos costos e intereses del orden del 60%. Yo diría que son hasta usurarios", aseveró Koltan.
Las características generales de la nueva línea de créditos son las siguientes:
Destino: consumo.
Forma de pago: mediante cesión de haberes (en caso de que no se realice la retención por parte del organismo, cualquiera fuera la causa, el pago deberá efectuarse por ventanilla).
Requisitos básicos:
- Justificar ingresos (se consideran sólo los de carácter habitual y permanente).
- Buenos antecedentes en la institución.
- Sin informes de FET y de Veraz.
Tasa de interés: fija y del 20%.
Plazo: de 12 a 18 meses.
Sistema de amortización: francés vencido con cuota fija.
Capital máximo prestable: no podrá superar el equivalente a tres sueldos por beneficiario.
Afectación: no podrá ser superior al 20% del ingreso nominal computable, incluyendo el descuento correspondiente al préstamo que se solicita.
Fondo de garantía: el beneficiario del crédito integrará un fondo de garantía del 4 por mil aplicable sobre los saldos actualizados y para todos los plazos pactados de reembolso del préstamo, que cubrirá el saldo de la deuda en caso de fallecimiento del titular. Las sumas no utilizadas quedarán a beneficio de la Caja Popular, sin devolución a los aportantes.
Gastos de originación: al momento del otorgamiento del crédito se retendrá en concepto de gastos, por única vez, el 1% más los impuestos respectivos.
Sellado: el porcentaje que a tal efecto fije la Dirección General de Rentas de la provincia.
Renovación: podrán efectuarse renovaciones en esta línea de préstamos cuando se haya pagado como mínimo la mitad de las cuotas pactadas y el beneficiario tenga margen de afectación disponible en sus haberes. A tal efecto, se deducirá del nuevo crédito el saldo del crédito anterior más los intereses y los gastos.

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