HORA DE VAGUEDADES.- Ya es costumbre que todos los fines de año el Congreso vote leyes a granel con la consecuente ligereza en el tratamiento de muchas de aquellas. Prueba de esta actitud es la ley 25.690 (denominada Proveedores de Internet), que establece que los ISP tendrán la obligación de ofrecer software de protección que impida el acceso a sitios específicos. Esta ley, promulgada el 2 de enero pero sancionada el 28 de noviembre de 2002, es un monumento a la vaguedad, ya que permite diversas interpretaciones en función de los intereses de cada uno. Asimismo, da la sensación de haber sido redactada por gente que no tiene la más mínima idea de lo que está hablando.
MUCHAS DUDAS.- En su artículo 1°, la ley sostiene que los ISP tendrán la obligación de ofrecer software de protección que impida el acceso a sitios específicos. De entrada nomás, surgen dos dudas. La primera tiene que ver con el software de protección. ¿Los ISP deberán ofrecer ese software gratuitamente o con cargo (no pretenderán que hagan copias ilegales)? ¿Se puede cumplir con la ley con la sola presencia de un navegador (tipo Explorer) que puede ser configurado para limitar el acceso a determinado sitios? ¿Cómo se manejarán los ISP gratuitos que no identifican a sus usuarios?. La segunda duda proviene de la falta de definición de lo que se entiende por sitios específicos. ¿Cuáles son? ¿Los pornográficos? ¿Los pedófilos? ¿Los xenofóbicos? ¿Los que promueven ideologías violentas? ¿Todos juntos? ¿Sólo algunos? ¿Quién define a qué categoría corresponde un sitio?
MAS DUDAS.- En su artículo 3°, la ley sostiene que la autoridad de aplicación fijará las multa a imponer a los ISP que infrinjan la ley. Ahora bien, ¿quién es la autoridad de aplicación? ¿La Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC), que deberá verificar que los ISP ofrezcan el servicio exigido por el artículo 1? ¿La Secretaría de Comunicaciones de la Nación? ¿El COMFER, por ser un tema de contenidos más que de telecomunicaciones?
UN ESPERPENTO.- Esta ley merece más comentarios, pero no se lo hace para no ofender susceptibilidades. De todos modos, resulta asombroso que un Congreso donde predominan políticos con títulos de abogados pueda aprobar semejante pieza jurídica que no contribuye en nada a mejorar la pobre imagen que tiene ante la sociedad. Y como broche de oro, esta ley fue promulgada por el Ejecutivo.
EFECTOS DE LA RIQUEZA.- Quien ya se fue o planea tomarse vacaciones, estará al tanto de la notable alza de precios (sobre todo los vinculados al alojamiento) en los lugares de veraneo de la Argentina. Lo llamativo es que, a pesar de esto, prácticamente todos los sitios -sobre todo las playas- fueron invadidos. A algún extranjero esto podría sugerirle que la Argentina no está tan pobre. Esta situación parece haber sido percibido por las empresas telefónicas, que preparan aumentos del 10% para los servicios de ADSL a partir de febrero. Los aumentos serán mayores en los accesos de 256K que en los de 512K, probablemente porque el primero es un producto más popular.
UN VIAJE DE IDA.- Por el lado de las telefónicas suena lógico que busquen aumentar sus ingresos en aquellos servicios cuya tarifa no está regulada y, por ende, congelada. Lo que habrá que observar será la reacción de los usuarios. Aunque, probablemente, más allá de la quejas circunstanciales, sigan con el servicio. La banda ancha es un viaje de ida.
PIEDRAS EN EL CAMINO.- El entusiasmo y las expectativas generadas por el eventual desarrollo de una industria exportadora de software, como lo anunció el año pasado el Ministerio de Economía, podrían encontrar algunos obstáculos. Estados Unidos está mirando con preocupación la creciente tendencia al desarrollo de software fuera de sus fronteras. No sólo los programadores perjudicados, sino también algunos funcionarios y políticos están haciéndose eco de estas inquietudes.