En el siglo XVIII se inició en Europa un proceso de codificación de las normas, cuya cumbre fue un siglo más tarde el Código napoleónico (entre los que lo siguieron, está el Código Civil argentino). Según el italiano Giovanni Tarello, profesor de la Universidad de Génova, entonces se perseguía un doble fin: reglamentar del modo más económico posible (léase más breve) la configuración y distribución de los bienes, fundamentalmente en materia civil, comercial y penal, así como establecer guías para el comportamiento. Se partía de que si el derecho estaba escrito y era conocido por todos (o existía tal posibilidad) iba a ser acatado.
Todo esto dio lugar a una cultura jurídica escriturística, apegada al papel (no son otra cosa el texto de demanda y el de contestación) y al expediente (cosido a mano), todo expresado en un proceso escrito. Ahora, en cambio, como consecuencia de la irrupción imparable de las nuevas tecnologías de la comunicación e informáticas, se encuentra en ciernes otra cultura que, volcada a lo jurídico, obliga a hablar de expediente y firma digital, biblioteca virtual y hasta del estudio portátil de abogados, como sugiere Bernardo Carlino, profesor de la UNT.
El viernes, por ejemplo, se anunció la firma de un convenio entre la Corte Suprema de Justicia y el Registro Inmobiliario para la certificación virtual de sentencias y resoluciones que afecten a propiedades. Durante el tiempo de vigencia de la prueba piloto convivirán este sistema y el tradicional, en papel, pero luego este último será sustituido definitivamente, en otro paso hacia la vigencia del expediente digital.
El cambio no es azaroso. Responde a un proceso mayor que vive la Justicia argentina. Esta, pese a los déficit, todos los años avanza en el Indice de Accesibilidad de la Información Judicial en Internet, que evalúa la calidad de los sitios web institucionales de los Poderes Judiciales y los Ministerios Públicos de los 34 países que integran la Organización de Estados Americanos. En 2006 terminó en el segundo lugar (aunque lejos del primero, EE.UU.). La publicación en la red de sentencias y las guías de consulta para seguir de cerca el estado procesal de los expedientes se volvió imprescindible.
Biblioteca virtual
En cuanto al ejercicio libre de la abogacía, atrás quedaron los tiempos en que los letrados debían consultar gruesos tomos de jurisprudencia para reforzar sus pretensiones. Ahora pueden hacerlo en forma digital. El Colegio de Abogados habilitó una biblioteca virtual: son siete computadoras conectadas en red, a las que se puede recurrir gratuitamente para consultar la colección de fallos de media docena de editoriales jurídicas especializadas en la materia. También disponen diariamente del Boletín Oficial de la provincia. Y está en puerta un acuerdo para utilizar la información digital de que dispone el Colegio de Abogados de Madrid (España).