La Policía las arrestó mal y el juez las sobreseyó

Los oficiales habían detenido a tres mujeres por ser "reconocidas mecheras", pero no recogieron pruebas del delito. Las sospechosas habían sido atrapadas en el interior de un comercio, pero no les secuestraron nada robado. El magistrado advirtió que el procedimiento era ineficaz.

19 Mayo 2007
Un juez de Instrucción decidió sobreseer a tres mujeres que estaban acusadas de hurto, a pesar de que no se les había secuestrado nada y sólo eran "reconocidas mecheras", y le pidió al jefe de la Policía, comisario general Hugo Sánchez, que instruya al personal para que no se repita este tipo de situación.
En marzo de 2005 personal de la sección Defraudación y Estafas de la Dirección General de Investigaciones realizaba tareas de control en el microcentro. Al llegar a un negocio de ubicado en calle Junín al 300, descubrieron a tres conocidas punguistas, por lo que decidieron actuar. Inmediatamente, según consta en el expediente judicial, luego de identificarse como policías, los agentes revisaron una bolsa que llevaban las sospechosas. Descubrieron que portaban tres cajas con 10 trabas del pelo cada una, por lo que decidieron aprehenderlas.
El caso llegó a manos del fiscal V de Instrucción, Alejandro Noguera quien, tras investigar el hecho, acusó a las mujeres de tentativa de hurto y pidió, en noviembre pasado, que la causa fuera elevada a juicio oral.
La defensora oficial Nilda Mónica González de Escobedo se opuso a esta iniciativa y pidió el sobreseimiento de las acusadas, puesto que en la etapa de instrucción, hasta el mismo propietario del local reconoció que no eran de su propiedad las trabas secuestradas y tampoco acusó a nadie por el delito.

La resolución
El juez Alfonso Zóttoli entendió que "el hecho de advertir la presencia de tres conocidas mecheras no es suficiente, en un estado democrático de derecho, para que se proceda a la identificación y aprehensión de personas".
"Desde el punto de vista de la sola prevención del delito resultó inconveniente, extemporáneo e ineficaz, originando un gasto innecesario en una actuación judicial que culminará con el sobreseimiento de las imputadas", razonó.
El magistrado entiende que "la actuación del personal policial ha sido apresurada y no se trató de una flagrancia, ya que la intervención de los efectivos se suscitó por el mero reconocimiento de las mujeres y no porque se haya advertido que estas cometían en ese momento un delito".
Zóttoli, en el fallo que firmó ayer, sostuvo además: "pondré en conocimiento al jefe de la Policía la actuación de referencia, permitiéndome, en aras de la eficacia, recomendarle al personal involucrado, la diferencia que existe entre una situación de flagrancia y otra que no lo es".

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