Reconocimiento a ex combatientes

La Justicia ordenó que les paguen un subsidio. El otorgamiento del beneficio también se extiende a los deudos de personas fallecidas.

18 Febrero 2006
Buenos Aires.- La Justicia reconoció el derecho de un grupo de ex combatientes de Malvinas, todos ex conscriptos clase 1962, a percibir retroactivamente al 2 de abril de 1982 pensiones y resarcimientos que desde entonces les habían sido negados.
La Cámara en lo Contencioso Administrativo reconoció a los veteranos el derecho a la percepción del beneficio instituido por la ley 22.674, que otorga un subsidio extraordinario a las personas que resultaren con una inutilización o disminución psicofísica permanente como consecuencia de su intervención en el conflicto. Los jueces Pedro Coviello y Néstor Buján recordaron que la norma extiende el otorgamiento del beneficio a los deudos de personas fallecidas. La ley estipula: “toda aquella persona que resultare con una inutilización o disminución psicofísica permanente como consecuencia de su intervención con el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur y en la zona de Despliegue Continental, tendrá derecho a un subsidio extraordinario que se otorgará previa comprobación de las circunstancias que determinaron los hechos”. También tendrán el derecho a percibir el haber indemnizatorio previsto en el artículo 78, inciso 3 de la ley 19.101 y sus modificatorias, y de percibir los haberes devengados con 5 años de anterioridad al  reclamo. (Télam)


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