12 Enero 2006 Seguir en 
"No existe causal racional para la destitución de Alicia Freidenberg. Estamos en este recinto porque Alberto Tolosa está prófugo y la Corte Suprema de Justicia no ejerció su poder disciplinario. Una condena sin pruebas implicaría una desviación absoluta del poder y una sentencia arbitraria", aseguró ayer José Agustín Ferrari.
El representante de la presidenta de la Sala VI de la Cámara Penal sostuvo que logró probar en forma irrefutable que no existe falta de cumplimiento de los deberes a cargo de la jueza por negligencia en el ejercicio de sus funciones. "Este hecho fue definido por el propio Tribunal de la Legislatura, que es distinto de la acusación originaria por mal desempeño de su función", sostuvo.
El abogado destacó que los legisladores-jueces no actúan en esta oportunidad en función de la representación popular obtenida por el voto, sino por el juramento formulado como magistrados. En ese sentido, reclamó que se decida en la causa como un juez independiente, imparcial y alejado de las pasiones.
Ferrari aseveró que está comprobada la enfermedad del abuelo de Tolosa, Segundo Argota. Por ello, no había motivo alguno para rechazar el permiso solicitado. "Se le transfiere al juez el hecho de la fuga", dijo.
Ejecución de sentencia
El defensor remarcó que la acusación produjo una invasión de facultades contrarias a la Constitución. Alabó la decisión parlamentaria de crear juzgados específicos para controlar la ejecución de las sentencias, lo que implicará más compromisos del Estado para con los presos. "Lo que muchas veces aparecía como beneficios, ahora serán resueltos por un juez sin miedo o temor al juicio político", señaló.
"La suspensión de la jueza por 60 días ya constituye una sanción. Hay formulaciones temerarias en un discurso acusatorio que se aparta de la Constitución. Siempre nos correspondía acreditar la inocencia. Freidenberg tiene 12 años en el ejercicio de la magistratura sin sumarios, ni sanciones. Este proceso tiene relevancia para la salud cívica y de las instituciones, y sólo cabe la absolución, porque la prueba y el derecho cerraron la puerta a la destitución", aseveró.
Cuestionó a la comisión acusadora por haber dicho que la jueza era soberbia porque se sometió al juicio político. Sostuvo que se pretendía concluir el proceso con su renuncia del magistrado, y que desde la acusación se habló de que una instancia en el Poder Judicial o un arrepentimiento podrían haber evitado el juicio, lo que le demuestra falta de convicción para impulsar este caso.
"No es cierto que la voluntad popular no tiene confianza en sus instituciones, ni el que se vayan todos. La gente no exige la destitución de un juez; tiene derecho a opinar, pero ello no debe incidir en la decisión de los magistrados", remarcó.
El representante de la presidenta de la Sala VI de la Cámara Penal sostuvo que logró probar en forma irrefutable que no existe falta de cumplimiento de los deberes a cargo de la jueza por negligencia en el ejercicio de sus funciones. "Este hecho fue definido por el propio Tribunal de la Legislatura, que es distinto de la acusación originaria por mal desempeño de su función", sostuvo.
El abogado destacó que los legisladores-jueces no actúan en esta oportunidad en función de la representación popular obtenida por el voto, sino por el juramento formulado como magistrados. En ese sentido, reclamó que se decida en la causa como un juez independiente, imparcial y alejado de las pasiones.
Ferrari aseveró que está comprobada la enfermedad del abuelo de Tolosa, Segundo Argota. Por ello, no había motivo alguno para rechazar el permiso solicitado. "Se le transfiere al juez el hecho de la fuga", dijo.
Ejecución de sentencia
El defensor remarcó que la acusación produjo una invasión de facultades contrarias a la Constitución. Alabó la decisión parlamentaria de crear juzgados específicos para controlar la ejecución de las sentencias, lo que implicará más compromisos del Estado para con los presos. "Lo que muchas veces aparecía como beneficios, ahora serán resueltos por un juez sin miedo o temor al juicio político", señaló.
"La suspensión de la jueza por 60 días ya constituye una sanción. Hay formulaciones temerarias en un discurso acusatorio que se aparta de la Constitución. Siempre nos correspondía acreditar la inocencia. Freidenberg tiene 12 años en el ejercicio de la magistratura sin sumarios, ni sanciones. Este proceso tiene relevancia para la salud cívica y de las instituciones, y sólo cabe la absolución, porque la prueba y el derecho cerraron la puerta a la destitución", aseveró.
Cuestionó a la comisión acusadora por haber dicho que la jueza era soberbia porque se sometió al juicio político. Sostuvo que se pretendía concluir el proceso con su renuncia del magistrado, y que desde la acusación se habló de que una instancia en el Poder Judicial o un arrepentimiento podrían haber evitado el juicio, lo que le demuestra falta de convicción para impulsar este caso.
"No es cierto que la voluntad popular no tiene confianza en sus instituciones, ni el que se vayan todos. La gente no exige la destitución de un juez; tiene derecho a opinar, pero ello no debe incidir en la decisión de los magistrados", remarcó.
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