Otro año de república a medias

Una situación política incierta debido a la falta de relación entre la oposición y el Gobierno.

04 Enero 2006
El signo positivo más elocuente del año de gestión pública que finalizó ha sido, sin duda, el de la economía, por la magnitud de sus dificultades a resolver y la firmeza con que fueron encaradas. Más allá de los errores en ese orden, frutos generalmente de las presiones y urgencias con que el poder central debió desenvolverse, los índices fundamentales muestran hoy niveles altamente positivos, por más que no siempre contribuyan a satisfacer la problemática deuda social. No podría decirse lo mismo en cuanto a la realidad política, cuya incertidumbre es consecuente con una notoria carencia en las relaciones del Gobierno de la Nación en el marco del pluralismo democrático, a la que contribuye el fraccionamiento de la oposición. Si bien el Congreso es constitucionalmente el espacio donde debe formalizarse el necesario diálogo constructivo, no es menos cierto que el sometimiento de la mayoría oficialista al fuerte presidencialismo está impidiendo esa relación y, por consiguiente, sus roles institucionales: legislar con independencia y controlar el ejercicio de los demás poderes, especialmente el Ejecutivo. Esa situación irregular no sería posible si la República se desenvolviese en plenitud institucional, situación que está lejos de acontecer, como evidencian las múltiples delegaciones de facultades y poderes en el Presidente de la Nación, que han terminado imponiendo un estilo indisimulado de gestión autónoma.
Un testimonio elocuente de lo señalado fue la solicitud presidencial y veloz prórroga parlamentaria de la Ley de Emergencia Pública 25.561, hasta el 31 de diciembre del presente año, cuya vigencia se viene extendiendo anualmente desde 2002 con cada presupuesto nacional. El pedido siguió al compromiso gubernamental de reducir delegaciones de facultades especiales para el presente ejercicio, pero no fue así, amén de agregar el siguiente primer artículo: "Facúltase al Poder Ejecutivo Nacional a adoptar todas las medidas necesarias tendientes a lograr una salida ordenada de la situación de emergencia pública". Ciertamente, por la generalidad de la concesión, se trata del más amplio superpoder otorgado al PEN y su sanción apenas exigió en la Cámara de Diputados dos minutos y medio a virtual libro cerrado. Tan irregular atribución al Presidente supera en ese orden, incluso, al uso abusivo de los decretos de necesidad y urgencia (DNU) que, no solo carecen de la reglamentación dispuesta por la reforma constitucional de 1994, sino que en la gran mayoría de los casos, son ratificados por la mayoría parlamentaria mediante sanciones tácitas o fictas, es decir, sin tratamientos plenarios de ambas cámaras, un método expresamente prohibido por el artículo 82 de la Constitución nacional. Los DNU también deben ser suscriptos por todos los ministros, pero el presidente Kirchner no ha convocado ninguna reunión con ese fin para alguno de los 156 dictados hasta el presente.
Entre las más gruesas inobservancias institucionales se incluye igualmente el hecho de que el jefe del Gabinete de Ministros, Alberto Fernández, concurrió una sola vez en 2005 a una cámara del Congreso, en lugar de hacerlo mensualmente, como le impone la Carta Magna. Tampoco los legisladores se preocuparon por convocarlo ante sus incumplimientos. Son múltiples las inobservancias y concesiones de exigencias institucionales de las que el poder político se autoabsuelve con la tolerancia de los representantes del pueblo. Por ello resulta imperativo ponerles fin razonablemente y recuperar los buenos modales republicanos para evitar que los progresos de la economía sean afectados por la incertidumbre provocada por la inseguridad jurídica.

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