Ganancias: extendieron la presentación de las declaraciones juradas hasta fines de agosto

Pese a esta medida, el Gobierno ratificó que la fecha de pago del saldo del impuesto continuará siendo el 27 de julio.

Ganancias: extendieron la presentación de las declaraciones juradas hasta fines de agosto
Hace 1 Hs

Resumen para apurados

  • ARCA postergó en Argentina el vencimiento para presentar la declaración jurada de Ganancias 2025 de personas humanas al 27 de agosto de 2026, aunque el pago vence el 27 de julio.
  • Es la segunda prórroga del organismo, dispuesta tras el reclamo de entidades profesionales de ciencias económicas para tener más tiempo para confeccionar las declaraciones.
  • La medida busca facilitar el cumplimiento impositivo de los contribuyentes, aunque mantiene sin cambios la fecha de recaudación fiscal del saldo para las arcas estatales.
Resumen generado con IA

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) volvió a extender los plazos para la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias de personas humanas correspondientes al período fiscal 2025. No obstante, el Gobierno ratificó que la fecha de pago del saldo del impuesto continuará siendo el 27 de julio.

Desde el organismo recaudador confirmaron la medida mediante un comunicado oficial. "Se extiende el vencimiento para la presentación de las declaraciones juradas 2025 del Impuesto a las Ganancias Personas Humanas".

"La nueva fecha límite será el 27 de agosto de 2026. El ingreso del saldo de la obligación (Pago) se mantiene el 27/07. La medida busca facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias", explicaron desde ARCA.

Segunda prórroga para las declaraciones juradas

Se trata de la segunda vez que ARCA decide postergar los vencimientos vinculados a las declaraciones juradas. A fines de mayo ya había extendido los plazos para la presentación de la documentación correspondiente a Ganancias, Bienes Personales e Impuesto Cedular.

Aquella disposición estableció de manera extraordinaria que el plazo para cumplir con esas obligaciones vencería el 27 de julio de 2026, tanto para personas humanas como para sucesiones indivisas, incluyendo a los contribuyentes inscriptos en el régimen general y a quienes optan por la Declaración Jurada Simplificada.

En tanto, las declaraciones juradas informativas reguladas por las Resoluciones Generales 2.442 y 4.003 podrán presentarse hasta el 31 de julio de 2026.

Según informó el organismo, la decisión respondió a los pedidos realizados por entidades profesionales de ciencias económicas, que solicitaron más tiempo para confeccionar correctamente las declaraciones juradas correspondientes al período fiscal 2025.

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