Tráfico de influencias en la Cámara de Apelaciones: la Justicia respalda la validez de las pruebas y Ontiveros deberá declarar como imputado
Tras validar el secuestro de celulares y la legitimidad de la denuncia original, la Alzada desestimó la estrategia del acusado, quien debe presentarse en el Juzgado Federal so pena de ser trasladado por la fuerza pública.
Resumen para apurados
- La Justicia Federal de Tucumán validó pruebas contra Luis Alejandro Ontiveros por tráfico de influencias en la Cámara de Apelaciones y ordenó su declaración indagatoria como imputado.
- La Alzada desestimó los pedidos de nulidad de la defensa, legitimando el secuestro de celulares y la denuncia original. Ontiveros será llevado por la fuerza si no se presenta ante el juez.
- Este fallo refuerza la transparencia institucional en el Poder Judicial local y sienta un precedente sobre la validez de evidencias digitales en causas de corrupción de alto perfil.
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La Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán cerró la barrera defensiva que mantenía en suspenso la progresión de la causa por presunto tráfico de influencias, despejando el horizonte para que la instrucción avance sobre el núcleo de la sospecha. A través de un fallo unánime, el tribunal ad hoc integrado por los magistrados Ana Carina Farías, Jorge Basbus y Enrique Lilljedahl rechazó los recursos de apelación interpuestos por la defensa técnica de Luis Alejandro Ontiveros, representada por el estudio de abogados de Miguel Ángel Pierri. Con esta resolución, la Alzada confirmó la validez de las actuaciones y desestimó los incidentes de nulidad y falta de acción, ratificando que el proceso judicial cuenta con una base objetiva sólida que obliga al imputado a someterse a la jurisdicción de manera inmediata.
El expediente se originó tras la denuncia de Mario Alberto Martínez Salazar Pérez, un funcionario de ARCA (ex AFIP) que reveló una presunta trama de "venta de influencias". Martínez Salazar denunció que Ontiveros le habría exigido una suma en dólares para beneficiar la situación procesal de su hijo, Jerónimo Martínez Parada, procesado en Catamarca, invocando su cercanía con el camarista Mario Leal. La red de vínculos es el eje de la imputación: Ontiveros es esposo de Solana Casella, relatora de la vocalía de Leal, y cuenta con hermanos trabajando bajo la misma órbita, lo que para la fiscalía de Agustín Chit y la querella de Juan Andrés Robles configura un escenario de acceso privilegiado a información judicial reservada.
Al resolver el planteo de nulidad sobre el secuestro de los celulares y las intervenciones telefónicas, la Cámara fue taxativa al sostener que las medidas probatorias no fueron arbitrarias. Los jueces remarcaron que, a diferencia de una sospecha anónima, en este caso existen "grabaciones y un informe de Gendarmería Nacional que brindan la base objetiva mínima exigida" para irrumpir en la privacidad del investigado. En sus fundamentos, la Alzada subrayó que la nulidad es un remedio excepcional y que "las resoluciones que ordenaron las medidas se ajustaron a los parámetros de razonabilidad, motivación y proporcionalidad", propios de una investigación incipiente que busca desentrañar un presunto delito contra la administración pública. Respecto a la excepción de falta de acción, el tribunal también fue lapidario con la estrategia del codefensor Matías Montalto, quien discutía el mérito de la prueba de manera prematura. Los magistrados ad hoc (los vocales titulares se excusaron por su relación con Leal) sentenciaron que "la ausencia actual de elementos concluyentes no implica la inexistencia del hecho o su atipicidad, sino que revela la necesidad de profundizar la investigación". Entre sus considerandos más fuertes, recordaron que para los delitos previstos en el artículo 256 bis del Código Penal no se requiere un daño patrimonial efectivo ni que el pago se haya concretado, bastando con "la promesa del beneficio de hacer valer la influencia de un funcionario público".
En sintonía con este endurecimiento de la Alzada, el juez federal N° 2, José Manuel Díaz Vélez, procedió a clausurar cualquier intento de dilación en la instancia de indagatoria. Ante el pedido de Pierri para suspender la medida fijada para mañana viernes a las 9.30, alegando compromisos judiciales en La Plata y en CABA, el magistrado resolvió "no hacer lugar" a la solicitud. Díaz Vélez fundamentó su rechazo señalando que la audiencia ya había sido reprogramada por "única vez" el pasado 20 de abril y que la nueva superposición de agenda invocada por la defensa fue notificada con posterioridad a la citación tucumana. El juez recordó que el imputado Ontiveros fue notificado de manera personal y bajo firma por la Policía Federal, por lo que su inasistencia no tiene justificación legal válida. En su decreto, el magistrado advirtió que el derecho de defensa en juicio se encuentra garantizado, ya que el acusado "tiene la opción de recurrir a la designación de un codefensor" o un sustituto para que lo represente en el acto procesal. En consecuencia, la orden de comparecencia se mantiene "bajo advertencia de hacer efectivo el apercibimiento de ley", lo que faculta al tribunal a ordenar el traslado del imputado por la fuerza pública si fuera necesario para asegurar la realización del acto.
Mientras, la instrucción avanza en el frente patrimonial. Se encuentra plenamente vigente el levantamiento del secreto bancario, bursátil y financiero de Ontiveros dispuesto el 14 de abril, el cual ya ha disparado una batería de oficios a entidades como el BCRA, ARCA, la Comisión Nacional de Valores y hasta plataformas de activos virtuales como Binance y Mercado Libre. Los investigadores buscan rastrear no sólo flujos de dinero en cuentas tradicionales, sino también movimientos de criptomonedas y billeteras digitales, bajo la sospecha de que los beneficios de la presunta influencia podrían haber sido canalizados a través de métodos alternativos.
El escenario para mañana a las 9.30 se presenta como un punto de inflexión. Tras el rechazo en bloque de todas sus pretensiones de nulidad, el acusado, que será representado por Montalto en esta oportunidad, llega a la indagatoria para tratar de probar su inocencia. Así y todo, como lo prevé la ley, tiene la posibilidad de no contestar las preguntas del fiscal Chit o, si así lo decide, presentar un escrito con su versión de los hechos.







