Causa Vialidad: la Justicia ordenó ejecutar bienes de Cristina Kirchner
Por mayoría, los jueces de la Cámara Federal de Casación Penal convalidaron la decisión del Tribunal Oral Federal N°2 en el expediente por la obra pública. La medida alcanza también a las propiedades de Máximo y Florencia Kirchner y del empresario Lázaro Báez.
Cristina Fernández de Kirchner. Foto archivo.

Resumen para apurados
- La Cámara de Casación ordenó decomisar 111 bienes de Cristina Kirchner, sus hijos y Lázaro Báez en la causa Vialidad, para cubrir una deuda de más de 684 mil millones de pesos.
- La Sala IV rechazó apelaciones y validó la incautación de bienes heredados, argumentando que el Código Penal permite actuar contra terceros beneficiados gratuitamente por el delito.
- Esta medida judicial marca un hito en la recuperación de activos de corrupción y afecta el patrimonio familiar de la exmandataria, consolidando la ejecución de la sentencia previa.
La Cámara Federal de Casación Penal ordenó ejecutar el decomiso de los bienes de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner en el marco de la sentencia por la causa Vialidad. El fallo alcanza a unos 111 inmuebles en total, entre los que se encuentran activos de la expresidenta, de sus hijos Máximo y Florencia Kirchner, de Lázaro Báez y de la empresa Austral Construcciones.
La Sala IV, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, rechazó los planteos de las defensas y convalidó la decisión del Tribunal Oral Federal N° 2, el cual, el 18 de noviembre del año pasado, dispuso la incautación de 84 propiedades de Báez, una de Fernández de Kirchner, siete de compañías vinculadas al empresario de la construcción y 19 de los hijos de la exmandataria.
En el fallo, los magistrados dispusieron el decomiso de los bienes que serán tasados y posteriormente ejecutados "a los fines de satisfacer la pena de decomiso de los efectos del delito" que se impuso en la causa y que alcanza a la suma que actualmente asciende a $684.990.350.139,86.
Las defensas de Cristina, Máximo y Florencia Kirchner cuestionaron previamente que el decomiso alcanzara a bienes de éstos últimos dado que no fueron condenados en la causa. Adujeron que el fallo del Tribunal afecta a propiedades heredadas de parte del expresidente Néstor Kirchner mediante un proceso sucesorio o por una cesión de parte de su madre en el año 2016.
También afirmaron que en algunos casos, la compra original por parte del matrimonio fue previa a la maniobra sindicada por la Justicia y exigían una reconstrucción contable exhaustiva de los flujos de dinero, desde su origen hasta la actualidad.
Pero por mayoría, Casación convalidó los parámetros elegidos por el TOF 2 y, además, consideró que los bienes pueden ser decomisados incluso aún cuando hubiera sido transferidos a terceros mediante herencia. Asimismo, rechazaron el planteo de reconstrucción histórica del movimiento del dinero "carece de sustento normativo, y desconoce las características propias de la criminalidad económica compleja".
Asimismo, argumentaron que "no se trata de atribuir responsabilidad penal ni a los presentantes ni a Néstor Kirchner de quien heredaron, en parte, los bienes a decomisar", sino de cumplir con el artículo 23 del Código Penal que señala que “cuando con el producto o provecho del delito se hubiese beneficiado un tercero a título gratuito, el comiso se producirá contra éste”.
Los jueces de Casación señalaron que es "materialmente imposible exigir una trazabilidad científica" en delitos extendidos durante más de una década. "Basta con acreditar la coincidencia temporal, la razonabilidad económica y la vinculación funcional entre el incremento patrimonial y la maniobra delictiva”, aseguraron.







