
El uso de la aeronave presidencial no es discrecional: se trata de un bien del Estado cuyo control y autorización corresponde a la Casa Militar, bajo la órbita de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación Argentina. En ese marco, cualquier persona que suba al avión debe formar parte de una misión oficial debidamente autorizada. También resulta evidente que el vocero presidencial Adorni no posee legitimidad institucional ni competencia funcional para disponer el traslado de personas en esa aeronave, mucho menos cuando se trata de familiares. Por eso, la discusión no debería centrarse únicamente en quién abordó el avión, sino en quién autorizó ese embarque y bajo qué fundamento administrativo. Si existiera una irregularidad, corresponde recurrir a herramientas institucionales como pedidos de acceso a la información pública, actuaciones administrativas o incluso acciones judiciales para determinar responsabilidades. La transparencia y el cuidado de los recursos del Estado son valores que el gobierno reivindica en su discurso cotidiano. La pregunta inevitable es si esos principios se sostienen también en la práctica.
Williams Fanlo
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