Piden que se agrave la pena contra Cerisola y que se condene a Sacca en la causa YMAD
Tanto la Fiscalía como la querella presentaron recursos de casación contra la sentencia del Tribunal Oral Federal que condenó al ex Rector y a dos ex funcionarios y absolvió a otro. También las defensas presentaron recursos cuestionando el fallo.
LOS ENJUICIADOS. Juan Alberto Cerisola, Luis Sacca, Olga Cudmani y Osvaldo Venturino. LA GACETA / FOTO DE ANALÍA JARAMILLO.
El Ministerio Público Fiscal Federal presentó un recurso de casación ante la Cámara Federal de Casación Penal en el marco de la causa YMAD, en el que cuestiona la sentencia que condenó al ex rector de la Universidad Nacional de Tucumán, Juan Alberto Cerisola, absolvió a uno de los acusados clave y dejó fuera del fallo varios tramos que para el MPF, representado por Pablo Camuña, resultaban esenciales. El planteo solicita que se revisen las responsabilidades y que se modifique de manera sustancial el alcance de la condena dictada en octubre de 2025 por el Tribunal Oral Federal de Tucumán.
El caso se remonta a 2010, cuando denuncias internas y auditorías revelaron presuntas irregularidades en la administración de los fondos provenientes de Yacimientos Mineros Agua de Dionisio (YMAD), que debían destinarse a obras universitarias, principalmente al proyecto de la Ciudad Universitaria. Por estos hechos fueron imputados Cerisola; Olga Cudmani, ex directora general de Construcciones Universitarias; Osvaldo Venturino, ex director de Inversiones y Contrataciones; y Luis Sacca, ex subsecretario administrativo.
Tras un extenso juicio iniciado en mayo de 2024 y concluido en octubre de 2025, el Tribunal condenó a Cerisola a tres años y seis meses de prisión, lo inhabilitó para ejercer cargos públicos y le impuso una reparación económica millonaria en favor de la Universidad. Cudmani recibió tres años y dos meses; Venturino, dos años en suspenso; mientras que Sacca fue absuelto por el beneficio de la duda. La Justicia acreditó sobreprecios en 13 obras, recolocaciones irregulares de dinero de la UNT en inversiones financieras, y la renuncia arbitraria a utilidades que correspondían a la UNT por su participación en YMAD.
Para el fiscal Camuña, quien trabajó además con los fiscales Agustín Chit y Lucía Doz Costa, esa absolución y varios puntos del fallo resultan jurídicamente insostenibles. En el recurso sostiene que el Tribunal incurrió en una “errónea valoración de la prueba” y en una “incorrecta aplicación del derecho sustantivo”, lo que -afirma- derivó en una conclusión “manifiestamente injusta”. De acuerdo con el escrito, los jueces omitieron reconocer que el ex funcionario (Sacca en este caso) tenía un deber legal de control que fue incumplido.
Uno de los pasajes más duros del recurso señala que el apartamiento de las normas no puede justificarse en la intervención de otros funcionarios ni en la aplicación automática del principio in dubio pro reo. “No existe duda alguna que pueda interpretarse a favor del imputado; la duda sólo puede generarse arbitrariamente, en base a una errónea interpretación y groseras omisiones de pautas normativas objetivas”, sostuvo Camuña. Y agregó que la absolución dictada “resulta contraria a la prueba incorporada al debate y vulnera principios de legalidad, razonabilidad y tutela del patrimonio público”.
El fiscal también cuestionó que el fallo neutraliza la responsabilidad funcional de los acusados y diluye el alcance de los deberes públicos. “El Tribunal se aparta de los estándares que rigen el control judicial sobre la actuación de los funcionarios públicos, erosionando la vigencia misma del orden jurídico administrativo”, advirtió Camuña. Así solicitó que Sacca sea declarado autor del delito de incumplimiento de deberes de funcionario público y que se le imponga la inhabilitación correspondiente, además de la obligación de reparar el daño causado. Según el escrito, la prueba del debate acreditó su intervención decisiva en las maniobras vinculadas a la administración de fondos de YMAD.
Respecto de Cerisola, el recurso exige que se revoquen las absoluciones parciales y que el ex rector sea declarado responsable no sólo por incumplimiento de deberes en el sistema de colocaciones financieras y en el régimen de contrataciones, sino también por administración fraudulenta en perjuicio de la Universidad por haber resignado -sin sustento legal- el 50% de utilidades que le correspondían a la UNT. El fiscal pidió además que se determine el monto de las pérdidas ocasionadas: “al menos el 33% de las utilidades no percibidas desde enero de 2008 hasta junio de 2010”. Los jueces habían determinado que Cerisola y Cudmani, de manera conjunta, debían realizar una reparación de más de 39 millones de pesos, con ajustes según distintos índices. En el recurso de Casación se denuncia que la confirmación del procesamiento y condena no abordó adecuadamente la posibilidad de tipificar los hechos como asociación ilícita y lavado de activos, y tampoco dispuso las detenciones preventivas de los acusados ni la ampliación del régimen punitivo. Según el escrito del fiscal, la investigación demuestra que existió una “entidad fáctica” organizada -funcionarios de la UNT y empresarios vinculados- que habría montado un esquema de corrupción estructural: un régimen paralelo de contrataciones con adjudicaciones discrecionales, sobreprecios, falta de controles y ejercicios de poder por fuera del régimen legal de contratación pública.
Si la Cámara de Casación hace lugar al planteo, deberá fijar una nueva pena para Cerisola acorde al alcance de las responsabilidades reclamadas por el Ministerio Público Fiscal.
El caso
La causa se inició en 2010 a raíz de denuncias contra autoridades de la UNT por el uso irregular de fondos que la universidad recibía de YMAD. Entre los imputados principales figuran el ex rector Juan Cerisola, Olga Cudmani, Osvaldo Venturino y Luis Sacca. En agosto de 2025, el TOF los condenó (a excepción de Sacca, quien fue absuelto), imponiendo penas de hasta 3 años y 6 meses de prisión y fuertes multas millonarias. Los jueces intervinientes fueron Ana Carina Farías, Abelardo Jorge Basbús y Enrique Lilljedahl.










