La guía completa sobre la ciudadanía italiana: ¿quiénes pueden acceder y quiénes no?

Con la reforma que entró en vigor el pasado 23 de mayo, aún quedan muchas incertidumbres sobre quiénes pueden nacionalizarse italianos.

Ciudadanía italiana: ¿quiénes pueden acceder y quiénes no? Ciudadanía italiana: ¿quiénes pueden acceder y quiénes no?
07 Junio 2025

La reforma histórica en la regulación de la nacionalidad italiana generó una situación sumamente compleja y generó muchas inquietudes respecto a este proceso de reconocimiento. El 23 de mayo de 2025 la Ley 74/2025 entró en vigor luego de la aprobación del Parlamento Italiano y representa la mayor transformación a la ciudadanía italiana en las últimas tres décadas.

El principal cambio con la nueva Ley de ciudadanía establece el límite generacional al derecho por iure sanguinis. Esta nueva normativa restringe el acceso a la nacionalidad por descendencia solamente a quienes tengan un padre o abuelo nacido en Italia. Esto reduce la amplitud del alcance de la anterior regulación que incluía a bisnietos, tataranietos y otros descendientes nacidos fuera de Italia.

Una situación confusa

Sin embargo, quedaron muchos grises que inquietan a miles de argentinos, como el límite de tiempo para acceder al reconocimiento de la ciudadanía. Estas preguntas se enmarcan en un escenario incierto, con dudas sobre la interpretación de conceptos jurídicos ambiguos presentes en la ley , como por ejemplo qué se entiende por “documentación” para acreditar el derecho al reconocimiento, o quiénes deben considerarse “ciudadanos por nacimiento”, una noción no definida expresamente por la nueva normativa.

Ante el panorama incierto, las respuestas confusas y la desinformación que circula, el medio La Nación elaboró una guía con las voces de especialistas que aclaran quiénes sí y quiénes no pueden obtener el reconocimiento de ciudadanía italiana según esta nueva legislación.

Tres grandes vías de acceso a la ciudadanía

Según Antonella Nediani, colaboradora profesional del Studio Legale Montefiori y miembro del Comitato di Italodiscendenti contro il D.L. 36/2025, lo más relevante de esta ley es que introduce tres grandes vías de acceso a la ciudadanía italiana para descendientes: de forma automática; por beneficio de ley; y por concesión, esta última no es un derecho sino por vía discrecional del Estado.

Ciudadanía automática

Adquieren la ciudadanía automáticamente los hijos y nietos de italianos, hasta el segundo grado de descendencia, cuyos ascendientes posean o hayan poseído la ciudadanía italiana en forma exclusiva, es decir que no hayan adquirido ninguna otra nacionalidad.

También la obtienen quienes antes del 27 de marzo de 2025 hayan presentado la documentación para el reconocimiento, o incluso hayan obtenido un turno para hacerlo, aunque más de un caso planteado hoy incluye pruebas más informales como haber fijado residencia o recibido un turno verbal.

“La interpretación de qué constituye ‘documentación’ será clave para la aplicación de esta normativa. En estos casos, se sigue el procedimiento previsto en la conocida Circular K/28. Y es importante subrayar que los hijos menores nacidos antes del 27 de marzo solo quedan comprendidos si se solicitó la transcripción del acta de nacimiento antes de esa fecha. Si no, deben iniciar una solicitud por beneficio de ley, que no es automática, y tienen tiempo hasta el 31 de mayo de 2026 para hacerlo”, aclara la abogada.

Vía judicial

En este caso se permite el reconocimiento si la demanda fue presentada ante los tribunales antes del 27 de marzo. Además, se contempla una figura específica para hijos nacidos en Italia cuyo progenitor haya residido allí al menos dos años consecutivos luego de haber sido reconocido ciudadano italiano y antes del nacimiento del hijo. En estos casos, no se exige que el progenitor haya tenido solo la ciudadanía italiana.

Por concesión

En este caso se trata de una facultad discrecional del Estado italiano, que puede ser denegada, o exigirse posteriormente nuevos requisitos para obtenerla.

“La ciudadanía por beneficio de ley es un derecho garantizado, que debe ser reconocido automáticamente una vez verificadas las condiciones establecidas. A diferencia de la concesión, este procedimiento no depende de la voluntad del Estado, sino que es de cumplimiento obligatorio, lo que brinda mayor certeza jurídica en un escenario regulatorio todavía confuso y sometido a múltiples interpretaciones”, explica Nediani.

Los que ya no podrán acceder

Fin a la ciudadanía automática

Ya no se considerará automáticamente ciudadano italiano quien haya nacido en el extranjero y tenga otra ciudadanía, incluso si antes se hubiese reconocido por iure sanguinis. “Esto afecta casos de ciudadanía directa por descendencia, adopción en minoría de edad, matrimonio -antes de 1983- y transmisión a hijos menores convivientes”, enumera Franco Tirelli, diputado italiano del Maie, elegido por América del Sur.

Hijos menores nacidos en el extranjero

Es importante tener en cuenta que ya no adquieren automáticamente la ciudadanía.

“En este paso pueden adquirirla si ambos padres o tutores hacen declaración de voluntad, si el menor reside legal y continuamente por dos años en Italia; o la declaración se presenta dentro del primer año de vida o adopción. Además, se deberá pagar 250 euros por cada menor para realizar este trámite”, aclara el diputado del Maie.

Excepciones para mantener o reconocer la ciudadanía

Se podrán reconocer como ciudadanos italianos aquellos que hayan presentado su solicitud con documentación antes del 27 de marzo de 2025; hayan recibido un turno oficial antes de esa fecha; hayan iniciado juicio judicial antes de esa fecha; y tengan un padre o abuelo que tenía solo exclusivamente ciudadanía italiana al momento del nacimiento. “También podrán obtenerla quienes tengan un padre que vivió al menos dos años en Italia luego de haber adquirido la ciudadanía y antes del nacimiento del hijo”, agrega Tirelli.

Otro punto importante es que cualquier ciudadano que por nacimiento obtuvo la ciudadanía en el consulado, comuna en Italia o judicialmente puede anotar a sus hijos nacidos antes del 24/5/25 y si aún no lo han inscripto en el anagrafe del Consulado tienen tiempo hasta el 31/5/26 para hacerlo. “Los nacidos después del 27/3/25 a las 23.59 tienen un año para inscribirlo, desde el momento del nacimiento”, aclara el diputado del Maie.

Reducción de residencia legal

Para descendientes de italianos se reduce el requisito de residencia legal en Italia de tres a dos años para solicitar la ciudadanía.

Hijos menores de quienes adquieren o recuperan ciudadanía

“Ahora deben residir mínimo dos años continuos en Italia antes de que el padre o madre recupere la ciudadanía. Y, si tienen menos de dos años, deben haber residido desde el nacimiento”, explica Tirelli.

Recuperar la ciudadanía

Este caso aplica para quienes perdieron la ciudadanía antes del 15 de agosto de 1992, ya sea por naturalización extranjera o por ser hijo menor conviviente. “El plazo para solicitar el reingreso es del 1 de julio de 2025 al 31 de diciembre de 2027”, suma el diputado del Maie.

Consulta con un profesional

Como mencionamos en un comienzo, se trata de un escenario confuso y que admite muchas ambigüedades. El consejo de los abogados es claro: cada caso debe ser evaluado individualmente por especialistas en ciudadanía italiana, tanto para identificar la vía correcta de acceso como para iniciar acciones administrativas o judiciales en caso de rechazo.

La vía judicial podría ser necesaria para resolver dudas interpretativas sobre conceptos jurídicamente ambiguos presentes en la ley. “Frente a decisiones discrecionales o criterios restrictivos, la intervención profesional adecuada puede ser determinante para salvaguardar derechos adquiridos o en formación”, concluye Nediani.

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