A LA ESPERA. Miles de personas esperan que todos los cambios sean definidos para conocer las implicancias.
La Cámara de Diputados de Italia aprobó esta semana un decreto que modifica de forma sustancial el acceso a la ciudadanía italiana por descendencia, un derecho al que hasta ahora podían aspirar millones de personas en todo el mundo. Con 137 votos a favor, 83 en contra y 2 abstenciones, el texto (ya avalado previamente por el Senado) solo espera la firma final de la primera ministra Giorgia Meloni para entrar en vigencia.
Hasta hace un tiempo, los ciudadanos argentinos podían iniciar su trámite de ciudadanía bajo el principio de ius sanguinis (derecho de sangre) sin límite generacional. Sin embargo, la nueva normativa acota ese derecho: solo podrán acceder a la ciudadanía los hijos y nietos de italianos nacidos en Italia. Las generaciones posteriores –bisnietos, tataranietos y demás descendientes– quedarán excluidos, salvo excepciones específicas.
Con la medida se busca aliviar la sobrecarga en los consulados italianos, ya que en algunos casos, los trámites de ciudadanía llegan a demorar más de una década. Para ilustrar la magnitud del fenómeno, en 2023 más de 20.000 argentinos obtuvieron la ciudadanía italiana; en lo que va de 2024, esa cifra ya alcanza los 30.000.
Trámites en curso
El decreto incluye una cláusula de transición. Las solicitudes iniciadas antes del 27 de marzo de 2025 a las 23:59 (hora de Roma) seguirán rigiéndose por la normativa anterior. Lo mismo ocurrirá con los turnos consulares ya otorgados antes de esa fecha, incluso si el trámite se concreta posteriormente.
Además, habrá una prórroga especial para niños y niñas menores de 18 años nacidos antes del 27 de marzo de 2025: sus padres o madres tendrán tiempo hasta el 31 de mayo de 2026 para inscribirlos y así otorgarles la ciudadanía bajo las reglas actuales. Para los nacidos después de la entrada en vigencia de la ley, el plazo será de un año desde el nacimiento.
Fátima Trapani, traductora pública de italiano y especialista en ciudadanía, explica que si bien se aprobó el decreto, aún falta que se promulgue la ley definitiva. “Puede haber modificaciones o aclaraciones que todavía no conocemos. Lo que se aprobó es el texto con enmiendas del decreto de marzo”, advierte.
Trapani aclara que los trámites de ciudadanía por matrimonio no se verían afectados: “Si estás casado o casada con una persona que obtuvo su ciudadanía italiana, aunque no haya nacido en Italia, podés solicitar la tuya desde Argentina. Esa vía se mantendría”.
En cuanto a los hijos menores de quienes ya poseen la ciudadanía, Trapani remarca que siempre hubo que inscribir a los hijos y el estado civil en el registro. De todas formas, la especialista advierte que muchas familias jóvenes aún no han registrado a sus hijos, por lo que este es un momento clave para hacerlo. “Si estás esperando un bebé, es importante tener todo preparado para inscribirlo cuanto antes y no quedar fuera de los nuevos plazos”, indica.
Opciones para bisnietos
Con el cierre del camino administrativo para los descendientes más lejanos, quedan algunas opciones. Andrea Perrone, abogada argentina radicada en Italia, aporta que actualmente, la única vía real para bisnietos en adelante es la judicial. “Esto se basa en la posible inconstitucionalidad del nuevo artículo 3-bis del decreto, ya que colisiona con principios fundamentales de la Constitución italiana y con tratados internacionales sobre no discriminación por lugar de nacimiento”, detalla.
La letrada también subraya que las causas judiciales que antes se iniciaban por discriminación de la línea materna ahora ganan un nuevo sentido: serán la única vía para quienes ya no califican por el trámite tradicional. No obstante, señala que los costos y tiempos de estos procesos todavía no están del todo definidos..
Cónyuges
Por ahora, el Decreto-Legge 36/2025 no modifica los requisitos de ciudadanía para cónyuges establecidos por la Ley 91/1992. Las reglas se mantienen: se puede solicitar la ciudadanía tras dos años de matrimonio si se reside en Italia, o tras tres si se reside en el extranjero (ese plazo se reduce a la mitad si la pareja tiene hijos).
En el caso de hijos mayores de edad, la ciudadanía solo podrá transmitirse si el progenitor nació en Italia y mantiene exclusivamente la ciudadanía italiana, o si vivió al menos dos años en Italia antes del nacimiento del hijo.
Para muchos el decreto cierra la puerta para miles de personas que, más allá del documento, mantienen viva una identidad transmitida de generación en generación.









