
Once años después de haberse iniciado la causa, la Corte Suprema dejó firme las condenas contra un hombre y dos mujeres por haber conformado una red destinada a la explotación sexual en Tucumán. El máximo tribunal, con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzaetti, entendió que los recursos de las defensas eran inadmisibles, por lo que el caso concluyó.
Se trata del caso por el que fue condenado Hugo José Antonio “Bicho” Díaz a la pena de nueve años de prisión por considerarlo partícipe necesario del delito de trata de personas en las fases de captación y acogimiento agravada por la consumación del hecho en perjuicio de cuatro víctimas del caso. También fue condenada María Antonia Peñaflor e Isabel Usandivaras, quienes recibieron las penas de cinco y cuatro años de prisión. En la causa también estuvo acusado Hugo Ramón “Gato” Díaz, quien falleció durante la sustanciación del proceso.
La investigación, que comenzó en 2014 con la denuncia de la Fundación María de los Ángeles, apuntó a la organización que funcionaba desde hacía una década y que manejaba dos prostíbulos en San Miguel de Tucumán llamados “Night Club” (en la zona de El Bajo) y “El Límite” (en calle Alsina al 700).
En el proceso se constató que cuatro víctimas habían sido captadas mediante engaños y aprovechamiento de su situación de vulnerabilidad, para ser explotadas sexualmente en estos establecimientos. Una de ellas estuvo embarazo en el transcurso de la explotación, mientras que otra residía en el prostíbulo junto a su hijo de dos años. En todos los casos, la explotación sexual fue consumada, llegando las mujeres a concretar más de veinte “pases” por noche.
Durante el debate oral la fiscalía, representada por Pablo Camuña y la auxiliar Valentina Garcia Salemi, con la colaboración del representante local de la Protex Daniel Weisemberg, (con la supervisión de Marcelo Colombo), consideró probada la existencia y funcionamiento de los dos prostíbulos donde eran explotadas las víctimas, así como el rol en la organización criminal de los tres acusados.
En particular, se probó que Hugo José Antonio Díaz (“Bicho”) se encargaba de regentear y administrar “El Límite” por el que pasaron las víctimas antes de recalar en “Night Club”; y que María Antonia Peñaflor (“Mary”), esposa del principal acusado, tenía a su cargo el bar contiguo al prostíbulo, se encargaba de la gestión de los locales, su locación mediante negociaciones con los propietarios y del control del giro económico de la empresa criminal.
En tanto, María Isabel Usandivaras (“Chela”), por su parte, administraba el kiosco lindante, abría y cerraba el prostíbulo, controlaba a las víctimas, retransmitía órdenes del grupo, recibía a los clientes y recibía la recaudación de los turnos para luego entregársela al fallecido “Gato” Díaz, quien se quedaba con el 50 % de la recaudación. Los representantes del Ministerio Fiscal habían solicitado además que se declare a los hechos como constitutivos de formas de discriminación y violencia contra las mujeres, tal como lo establece la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Cedaw) y la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Convención de Belem do Para), entre otras referencias. También, se dispuso el decomiso del inmueble de la zona de El Bajo, en la capital tucumana. Asimismo, se hizo lugar al pedido de reparación económica e instó a las personas condenadas a pagar solidariamente una suma equivalente a 1 millón de pesos a cada una de las víctimas.
En diciembre del 2021, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán, en ese momento integrado por los jueces Carlos Enrique Ignacio Jiménez Montilla (presidente), Enrique Lilljedahl (juez de Cámara Subrogante, titular del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Catamarca), y Abelardo Jorge Basbús (Cámara Subrogante, titular del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santiago del Estero) dictó las condenas y las defensas apelaron, pero la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la decisión. La nueva apelación en queja llegó a la Corte, que desestimó los planteos por inadmisibles.