El Senasa impulsó un nuevo sistema para la aprobación de alimentos para animales

El Senasa impulsó un nuevo sistema para la aprobación de alimentos para animales

Entre otros, incorpora la declaración jurada como principal herramienta para la autorización de productos y de establecimientos.

BENEFICIO. Con estos cambios, el sector productivo nacional operará en tiempos y condiciones internacionales.
07 Diciembre 2024

Mediante las resoluciones 1.415 y 1.416 -publicadas el miércoles en el Boletín Oficial- se estableció un nuevo sistema para la aprobación de alimentos para animales y de establecimientos elaboradores de esos productos, que le permite al sector productivo nacional operar en tiempos y condiciones internacionales.

Se trata de una simplificación de la normativa impulsada por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), por la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, que elimina registros burocráticos y, por el contrario, incorpora la declaración jurada como principal herramienta para la autorización de productos y establecimientos.

El nuevo sistema establece, además, una fiscalización ex post, mediante la cual el Senasa controlará en las plantas que se cumpla lo sostenido en las declaraciones juradas; y elimina los plazos de vencimiento o renovación de los Certificados Únicos de Comercialización (CUC) y la habilitación de los establecimientos, que hasta ahora era de 10 años.

También determina que los productos procesados que provengan de países con estándares sanitarios elevados y de alta vigilancia podrán ingresan automáticamente al país con la presentación de una declaración jurada, simplificando la operatoria.

Habilitación automática

Puntualmente, la Resolución 1.415/24 fija los requisitos para la habilitación automática, simplificada y completa por declaración jurada para productos, que se realizará online, mediante el Sistema Integral de Gestión de Trámites (SIG Trámites) del Senasa.

En tanto, la Resolución 1.416/2024 estipula que los establecimientos elaboradores, fraccionadores y depósitos de productos destinados a la alimentación animal serán autorizados a operar por medio de una nueva plataforma, que facilitará tanto la operatoria del usuario solicitante como la del organismo oficial.

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