Voto en blanco y voto nulo: cuáles son sus diferencias y qué influencia tienen en los resultados de las Elecciones

Voto en blanco y voto nulo: cuáles son sus diferencias y qué influencia tienen en los resultados de las Elecciones

Dos opciones que los argentinos eligieron en las PASO ante la disconformidad con los candidatos.

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09 Octubre 2023

De cara a las Elecciones Generales del 22 de octubre, los argentinos se preparan para sufragar en una elección que tendrá todas las miradas sobre el porcentaje de participación del electorado. En este marco, desde la Cámara Nacional Electoral (CNE) remarcaron que el voto es secreto y aclararon qué tipo de influencia tienen aquellos que sean en blanco o nulos en los resultados finales.

De acuerdo al artículo 149 del Código Nacional Electoral (CNE), “resultará electa la fórmula que obtenga más del 45% de los votos afirmativos válidamente emitidos. En su defecto, aquella que hubiere obtenido el 40% por lo menos de los votos afirmativos válidamente emitidos y además existiere una diferencia mayor de 10 puntos porcentuales respecto del total de los votos afirmativos válidamente emitidos, sobre la fórmula que le sigue en número de votos”.

Asimismo, el CNE también establece, en el artículo 101, los distintos tipos de votos que se pueden contabilizar. A continuación, el detalle de cada uno de ellos.

En qué se diferencian los votos en blanco y los votos nulos

Voto en blanco

Según detalla el Ministerio del Interior, los votos válidos pueden tener distintas categorías, y contabilizarse de diferente manera en el resultado de las elecciones. Estas son: afirmativo y en blanco.

El voto afirmativo es el emitido mediante boleta oficializada, aun cuando tuvieren tachaduras de candidatos, agregados o sustituciones (borratina) pero el encabezado se encuentre intacto. Además, si en un sobre aparecieran dos o más boletas oficializadas correspondientes al mismo partido y categoría de candidatos, sólo se computará una de ellas y se destruirá a las restantes.

Por su parte, el voto en blanco, según la Cámara Nacional Electoral, es “una herramienta con la que cuentan los electores para manifestar su disconformidad con todos los candidatos y con las propuestas formuladas por los partidos políticos”.

En concreto, se considera voto en blanco a los sobres vacíos o con papel de cualquier color, sin inscripciones ni imágenes. Además, cuando el sobre contiene una boleta oficializada a la que le falta el cuerpo correspondiente a una categoría. En ese caso, se considerará “voto en blanco” solo para esa categoría.

Cabe señalar que el voto en blanco se considera como un voto válido, pero no afirmativo porque no tiene ninguna boleta partidaria. Como consecuencia, el voto en blanco afecta al porcentaje de votos válidamente emitidos.

El voto nulo

El voto nulo es una categoría dentro de los votos no válidos, es decir, que no se contabilizan.

El Código Nacional Electoral establece que son los que fueron emitidos “mediante boleta no oficializada, o con papel de cualquier color con inscripciones o imágenes de cualquier naturaleza; mediante boleta oficializada que contenga inscripciones y/o leyendas de cualquier tipo, salvo los supuestos de voto válido; mediante dos o más boletas de la misma categoría de candidatos y diferente agrupación política; mediante boleta oficializada que por destrucción parcial, defecto o tachaduras, no contenga, por lo menos sin rotura o tachadura, el nombre del partido y la categoría de candidatos a elegir y cuando en el sobre juntamente con la boleta electoral se hayan incluido objetos extraños a ella”.

Votos nulos: objetos encontrados en los sobres. Votos nulos: objetos encontrados en los sobres.

¿Cómo influyen los votos en blanco en las Elecciones Generales?

En las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), los votos en blanco se suman al total de los votos afirmativos. De esta forma, determinan el resultado del número de votos de las distintas fuerzas políticas, que deben superar el piso de 1,5% de votos del padrón total para poder competir en las elecciones generales.

Pero, en los comicios generales, según los artículos 97 y 98 de la Constitución Nacional, se computan únicamente los “votos afirmativos válidamente emitidos” para proclamar ganadora una fórmula presidencial. Por lo tanto, no son tenidos en cuenta para el cálculo final. Lo mismo sucede para gobernadores, diputados, senadores, intendentes y el resto de los puestos en juego.

Por otra parte, los votos no válidos son los que no se contabilizan en el resultado final del escrutinio. Pueden ser nulos, recurridos o de identidad impugnada.

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