“Valió la pena la batalla argentina contra los holdouts”

“Valió la pena la batalla argentina contra los holdouts”

El país fue coherente, según el jurista alemán Marc-Philippe Weller.

 la gaceta / fotos de diego aráoz la gaceta / fotos de diego aráoz
04 Septiembre 2016
El alemán Marc-Philippe Weller revela en inglés la teoría que desarrolló a colación de las cesaciones de pago de Argentina (2001-2002) y Grecia (2015). Según su criterio, los estados pueden invocar una situación de necesidad o de emergencia para suspender sus obligaciones con los tenedores de bonos. En una primera visita fugaz a Tucumán y al país, Weller se hace cargo de que su lógica contraviene la doctrina mayoritaria que considera que los contratos han de cumplirse a rajatabla y que los incumplimientos deben ser sancionados en forma severa.

“La postura de la mayoría expresa un capitalismo que cada vez tiene peor reputación. Las tesituras que consideran aspectos sociales son, por el contrario, cada vez más importantes porque compatibilizan los intereses. No defiendo posturas socialistas, pero abogo por la suspensión del pago de la deuda en condiciones extremas. Hay que buscar soluciones intermedias”, dice Weller, que aterrizó en esta ciudad para disertar en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Tucumán. Acompañado por Gonzalo Casas y Daniela López Testa, sus anfitriones, discípulos y traductores, el catedrático afirma: “valió la pena la batalla argentina contra los holdouts”.

-¿Cuáles son los pilares de su tesis?

-Los estados necesitan dinero y, por eso, emiten títulos públicos. El tomador del bono presta fondos al Estado y se convierte, por ende, en acreedor. Existe una obligación de rescatar el título por parte del Estado: se trata de un contrato de derecho privado. Pero, por otro lado, el Estado está obligado a mantener la seguridad y todos los servicios que hacen al interés público. Entonces aparecen dos deberes en conflicto: por un lado, la obligación de derecho privado con los acreedores que financiaron al Estado, y, por el otro, la obligación de derecho público que el Estado tiene con sus ciudadanos. ¿Cómo resolver esta colisión de deudas en una situación de emergencia? Creo que los deberes públicos son prioritarios frente a los privados.

-Pero esta solución puede desalentar a los inversores. Y si aumenta el riesgo, aumentan las tasas de interés.

-Este es un problema. La solución que propongo no es “blanco o negro”, no es dejar que prevalezca el interés público sin más. Entiendo que los reclamos de los bonistas sólo pueden quedar suspendidos durante el plazo de duración de la situación de emergencia. Una vez que el ciclo cambia, la deuda original vuelve a ser plenamente exigible.

-¿No cree que tal posibilidad puede ser aprovechada de mala fe por parte de gobiernos inescrupulosos? Por ejemplo, en Tucumán estamos en emergencia económica desde 1991.

-Para evitar ese tipo de exceso habría que formular un orden legal muy estricto que impida que el Estado, por sí solo, pueda declararse en una situación de necesidad extraordinaria. Esto debería ser probado y fiscalizado por expertos extranjeros o instituciones multilaterales.

-¿Qué opina de la solución que Argentina dio al conflicto con los tenedores de deuda no reestructurada llamados holdouts?

-Argentina tuvo una posición firme y estricta en el sentido de no pagar por fuera de los recortes acordados con un número significativo de acreedores para evitar la desigualdad de trato. Creo que esta fue una postura correcta si se acepta la idea de que el estado de necesidad debe suspender la obligación de pagar las deudas. Es cierto que arreglar el conflicto con los holdouts llevó mucho tiempo, pero la alternativa de pagarles de inmediato no iba a ser aceptada por los bonistas que acordaron recortes. Es una batalla que valió la pena. En alguna medida, todos ganaron.

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