Amor y patrimonio, matrimonio en pugna

Amor y patrimonio, matrimonio en pugna

Una comisión que preside el titular de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Ricardo Lorenzetti, diseña cambios al Código Civil que, es consenso, revolucionarán el Derecho de Familia. El régimen patrimonial y el divorcio, dos ejes

ENEMIGOS INTIMOS. Heather Mills se quedó con parte de la fortuna del incauto Paul McCartney.  ENEMIGOS INTIMOS. Heather Mills se quedó con parte de la fortuna del incauto Paul McCartney.
¿Chau amor romántico? ¿Ha vuelto el "matrimonio contractual" que caracterizó a esa Europa del siglo XVI en la que las uniones entre las casas reales no eran otra cosa que herramientas expansionistas e imperiales?

No es tan así, pero el proyecto de reforma al Código Civil en torno de temas que, de prosperar, cambiarán de raíz el Derecho de Familia en la Argentina, ya está dividiendo aguas en la sociedad. En esa iniciativa, impulsada por un decreto presidencial (y que la Presidenta anunció con particular énfasis en su discurso de inicio de sesiones legislativas), está trabajando una comisión ad hoc que integran, entre otros, el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Ricardo Lorenzetti, la vicepresidenta de la Corte, Elena Highton de Nolasco y la jurista mendocina Aída Kemelmajer. Expertos y académicos estiman que ese anteproyecto - al que han sido invitados a participar todos los sectores interesados - podría estar listo a mediados de este año.

En ese "menú" se incluyen, entre otras medidas, el llamado "contrato prenupcial" ( la Elección del Régimen Patrimonial del matrimonio es el término jurídico preciso), modificaciones de raíz en el instituto del divorcio, así como la actualización en materia de adopción y otras de alto impacto bioético, como el alquiler de vientres y la fertilización in vitro.La Iglesia ya ha anticipado su oposición a esos cambios que, argumenta, atentan contra el concepto de familia tradicional. Para fijar su posición, el Arzobispado de Tucumán ha anunciado una mesa sobre el tema en la que participarán el arzobispo, Alfredo Zecca, y el director del Centro de Bioética, Persona y Familia de Buenos Aires, Nicolás Laferriére, el 20 de marzo, en la sede central del Colegio de Abogados de Tucumán.

Por el otro lado, tanto en el campo académico como en el judicial, los defensores de esos cambios en el ámbito del Derecho - tanto en el de Familia como en el Patrimonial- afirman que éstas transformaciones no hacen más que acompañar a una sociedad que ya no es la misma que la de un siglo y medio atrás, cuando Dalmacio Vélez Sarsfield urdió un Código Civil en el que la mujer era -literalmente- "incapaz". Una sociedad, ésta, en la que la familia nuclear de antaño convive con esas estructuras arbóreas de la familia ensamblada, alimentadas por "los tuyos, los míos y los nuestros".

De entre las cuestiones que analiza la Comisión para la Reforma del Código Civil, el "acta prenupcial" es acaso el ítem más famoso, por su costado cholulo. Pensemos solamente en el ex Beatle Paul Mccartney quien, porque no se avino a un contrato prenupcial antes de casarse con Heather Mills, una vez divorciado tuvo que desembolsar 48 millones de dólares en favor de la modelo. Pero los ejemplos cunden.

La propuesta
De prosperar la inclusión de esa figura, una pareja que haya pasado por el Registro Civil podrá elegir entre dos opciones: 1) quedarse en el régimen hoy vigente, que establece que todos los bienes adquiridos desde el matrimonio serán divididos por la mitad con el esposo o esposa si se produjera el divorcio, ya que se entiende al matrimonio como una sociedad conyugal; 2) la nueva figura (inspirada en modelos ya practicados en otros países, incluidos algunos vecinos), posibilitaría que los contrayentes expresen su voluntad de separar bienes, antes o después del casamiento. En otras palabras, se trataría de elegir entre la separación de bienes o la sociedad conyugal. Ese régimen incluiría cláusulas compensatorias para el ex miembro de la pareja que quede más "desprotegido" y para la vivienda familiar.

Como se ve, el "acuerdo prenupcial" no es sólo una herramienta para ricos y famosos. La camarista de Familia Carmen Valderrábano de Casas remarca que el contrato prenupcial se vuelve importante para las nuevas familias, "porque básicamente lo que se intenta es proteger a la prole de la unión anterior".

"Se va a la reforma porque la situación actual desalienta el nuevo matrimonio; ven que el patrimonio que ha hecho ese matrimonio -que a la par que ha crecido patrimonialmente ha tenido dos o tres hijos- cuando se divorcia quiere que ese patrimonio sea de esos hijos, y no del segundo cónyuge, que vendrá -o no- con otros hijos. Entonces, hay un desaliento a contraer nuevas nupcias", grafica la doctora Valderrábano.

El Estado
Al margen, pero no tanto, la magistrada reflexiona sobre la intromisión del Estado en territorios que para algunos sectores deberían ser del orden de lo privado. "El derecho de Familia es derecho privado: pero yo diría que, de los privados, es el menos privado de los derechos. Porque el Estado siempre tiene la mirada puesta ahí ya que es el lugar de la formación del sujeto", enfatiza la magistrada, que lleva 30 años tratando temas de Familia.

En otro orden, tanto la magistrada como el abogado y profesor de Derecho de Familia y Sucesiones Carlos Martínez Escalante coinciden en que detrás de la reforma hay un trasfondo filosófico: el del pasaje de un derecho imperativo a uno que respete la autonomía de la voluntad. "Esto significa que con esta modificación va a incidir más la voluntad de los contrayentes que la voluntad legal", señala Martínez Escalante, que es Profesor Adjunto de esa especialidad en la UNT y Profesor Titular en la misma asignatura en la Unsta).

Tras el anuncio presidencial de que la Reforma del Código Civil está en marcha, la Iglesia - como principal vocero de la defensa de la familia tradicional - ya se muestra dispuesta a establecer territorio, como lo había hecho antes, infructuosamente, con la ley de Unión Civil.

Desde quienes defienden la reforma, tanto Valderrábano de Casas y Martínez Escalante coinciden también en este punto: en que el Derecho, con sus cambios, no hace más que legitimar la parte de la realidad a la que la Justicia terrenal debe garantizarle respuestas.

- SIN NADA.- "Para la parte de la pareja que no tiene la guita es como no haberse casado.......!!, escribe "Heladero.

- MUERTE SUBITA DEL AMOR IDEAL.- "Cuidado con eso!, si bien es cierto sería una opción con la cual hoy no se cuenta, dejaría desprotegida y vulnerable a aquella persona que "por sentir amor ansioso" sea fácilmente manipulable, como también aquellas otras que tengan menor capacidad ya sea intelectual, de carácter. No estaría mal la implementación, pero el estado no debería desentenderse del que pudiera quedar desamparado, no solo económicamente, también en el afecto. Desde ya que esto genera la muerte súbita de aquél amor ideal, ya que antepone lo económico por sobre el valor del afecto, y esa fórmula lleva caducidad", opina Simón Templar.

  -REDUCIR LA LITIGIOSIDAD.- "El acuerdo prematrimonial logrará reducir la litigiosidad de los divorcios dramáticamente, a la vez que dejaría de lado la antigua concepción religiosa que dio razón a la sociedad conyugal como se la conoce, y por ende a los llamados bienes gananciales. Al mismo tiempo, debe estar sometido a un mínimo de reglamentación normativa que contemple casos excepcionales, ya que podría desembocar en una importante desprotección a uno de los cónyuges, al encontrar su razón de ser en la regulación de las relaciones patrimoniales entre estos. Por último, no comparto la opinión de que esto "podría afectar la institución del matrimonio priorizando lo económico por sobre lo afectivo", ya que las personas podrán en todo momento optar si hacerlo o no...", escribe Guillebrito.

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