El dirigente radical José Cano cuestionó el fallo de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán que allanó el camino para que el jefe de Gabinete, Juan Manzur, sea candidato a vicegobernador en las elecciones provinciales de 2023.

“Cuando la institucionalidad es atravesada por la militancia, dan a luz engendros jurídicos que serán recordados como la prueba del sometimiento del poder judicial a los designios y caprichos del poder político”, afirmó.

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Y prosiguió: “No existen antecedentes de tal desarreglo institucional, toda vez que el máximo tribunal provincial se ha constituido en suerte de gurú constitucional y oráculo tendencioso de la letra constitucional, extrayendo una suerte de conclusiones que hacen decir a la constitución lo que no dice y con esfuerzo argumental intenta legitimar la candidatura de Juan Manzur por sobre las prohibiciones constitucionales”.

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El ex diputado sostuvo, además, que se han “roto los canales formales al utilizar la vía del amparo para tutelar derechos hipotéticos ante la innegable ausencia de caso concreto, ni inminencia de lesión de derechos amparados por normas superiores o garantías básicas”. “La Corte Suprema ha iniciado la página más triste de la historia del poder judicial, renunciado a ser el último bastión al cual los ciudadanos pueden ocurrir a los efectos de evitar los excesos, abusos del poder y las injusticias”.

“Se han violentado las formas y vías jurídicas, y se ha emitido un fallo complaciente y servil a gusto de los requerimientos y necesidades de la política, sin advertir que es la sentencia de muerte para la institucionalidad y la independencia del Poder Judicial”, sostuvo.

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Luego, señaló que el artículo 90 de la Constitución Provincial sostiene: “‘(…) Si el Gobernador ha sido reelecto para un segundo período consecutivo no puede ser elegido nuevamente, sino con el intervalo de un período.(….)’”; de ello, sólo puede interpretarse sanamente que, la Constitución provincial ha establecido una prohibición expresa y restrictiva para quien ha sido elegido dos veces gobernador en forma consecutiva; esta prohibición es que no puede ser elegido nuevamente ni para gobernadora ni tampoco como vicegobernador. No existe vacío ni silencio sino que existe una prohibición literal, que no ha sido declarada inconstitucional, ni lesiva de ningún derecho”.

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“Resta la esperanza de que cuando la cuestión llegue a conocimiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ponga en su lugar el desarreglo jurisdiccional y ello signifique la marca indeleble de vergüenza de los autores e ideólogos que a falta de prestigio solo pueden poner en juego su militancia”, sentenció.