Una excusa para reformar la Constitución

Que comunas tengan más habitantes que algunos municipios lleva a pensar en un nuevo esquema territorial y administrativo.

AÑO DE ELECCIONES. AÑO DE ELECCIONES.

Hace pocos días, el periodista Luis María Ruiz reveló que hay comunas rurales que tienen más electores que algunas municipalidades. Una curiosidad estadística que lleva a pensar en la necesidad de una actualización del esquema territorial y del sistema administrativo de la provincia. Este dato, además, indica con cierta lógica, y haciendo proyecciones, que esas mismas delegaciones rurales deberían tener más habitantes -no sólo ciudadanos en condiciones de votar- que en esos mismos municipios. La investigación periodística abre una puerta a la dirigencia para reflexionar y avanzar en una posible readecuación de la normativa respecto de las categorizaciones de las intendencias y de las comunas. Hasta podrían imaginarse nuevas circunscripciones municipales y un rediseño administrativo de la provincia. No sería descabellado ya que alguna vez fue analizado; sólo habría que desempolvar y actualizar un viejo trabajo de ordenamiento territorial de Tucumán que data de hace unos 30 años, en el que se proponía -entre otras cosas- la desaparición de las comunas rurales y su reconversión en nuevas estructuras, concluyendo en la creación de 25 municipios en toda la extensión de la provincia. O más sencillo: planteaba la división política de Tucumán en 25 intendencias. Sin comunas.

Disponía la municipalización teniendo en cuenta aspectos geográficos, servicios existentes, poblaciones, niveles de urbanización, condiciones de accesibilidad y el estado de las redes camineras -especialmente las del interior-, entre otras cuestiones. Si bien este proceso de organización de nuevos municipios puede concretarse directamente a través de la sanción de nuevas leyes o la actualización de las vigentes, cabe considerar que una tarea de esa magnitud bien puede derivar en la modificación de los límites de los 17 departamentos existentes consignados en la ley 6.143. Esta posibilidad tiene una consecuencia más que interesante y que a más de uno puede poner a pensar: lisa y llanamente implica abrirle la puerta a una reforma de la Constitución de la Provincia.  

En este punto vale detenerse y tener en cuenta que no sólo el sistema de acople se incorporó a la Carta Magna de 2006 -artículo 43 inciso 12-, sino que, además, en el inciso 9 del mismo artículo se determinó que la provincia se divide en tres secciones electorales integradas por departamentos: Sección I, por la Capital; Sección II con Trancas, Burruyacu, Cruz Alta, Leales, Simoca y Graneros; y Sección III con Tafí Viejo, Yerba Buena, Tafí del Valle, Lules, Famaillá, Monteros, Chicligasta, Río Chico, Juan Bautista Alberdi y La Cocha. Bien podrían alterarse, o ser la excusa para disponer la necesidad de introducir modificaciones a la Carta Magna. Obsérvese que entre la Constitución de 1990 y la de 2006 pasaron 16 años y que ya transcurrieron 17 años de vigencia de esta última. En dos días más cumple años.

El texto de los constituyentes dice específicamente que los límites territoriales de cada uno de los 17 departamentos mencionados serán los que corresponden al día 6 de septiembre de 1987. ¿Qué pasó ese día como para que merezca aparecer registrado como un hecho especial en la Constitución? Esa jornada se llevó a cabo la elección de autoridades de la provincia y fue la última votación en la que se aplicó el sistema de Colegio Electoral, que finalmente consagró como gobernador a José Domato. Pero, ¿por qué se tiene en cuenta expresamente esa fecha en el texto constitucional? Porque luego de esos comicios se promulgó la ley 5.988 -8 de agosto de 1988-, que disponía la división provincial en 11 departamentos; y con esa normativa, justamente, se iba a votar en la elección de 1991. ¿Acaso escondía alguna picardía electoral? El PJ siempre solía meter mano en la división territorial para sacar ventajas electorales. Recuérdese que en ese momento el Poder Legislativo tucumano tenía dos cámaras: la de Senadores y la de Diputados, por lo que la distribución política era clave para la obtención de mayores espacios de poder institucional. Antes se produjo la intervención federal de la provincia.

El interventor federal, Julio Cesar Aráoz, firmó la ley 6.143 el 24 de mayo de 1991 donde contempló a los fines electorales la existencia de los 17 departamentos que fijaba la Constitución de 1990 en el inciso 9 del artículo 38; era la Carta Magna que tenía la toda la impronta del bussismo, que había ganado las elecciones de convencionales constituyentes y que fue incorporada al Boletín Oficial por la propia intervención federal. En ese texto aparecía ya mencionada la referencia al 6 de septiembre del 87, la de la elección que marcó la aparición en la política tucumana de Antonio Bussi, quien salió cuarto como candidato a gobernador por el partido Defensa Provincial Bandera Blanca, de Exequiel Ávila Gallo. O sea que, a partir de estos hechos, el PJ, cuando modificó la Constitución en 2006, no hizo sino más que copiar esta parte del texto anterior y mantenerlo en la Carta Magna.

Ergo, si se viene un proceso de municipalización y, por consiguiente, se propicia un nuevo esquema departamental, esto sólo podría concebirse a través de una eventual reforma constitucional. Entonces, a prestar atención a las posibles iniciativas que vayan a surgir en ese sentido. Puede ser toda una tentación para el Gobierno provincial, si es que se impone en los comicios que vienen -en la fecha que sea- y si sigue manejando numéricamente la Legislatura, e impulsar nuevos cambios que, por supuesto, mejoren su performance electoral con la readecuación de las fronteras internas.

Estaríamos hablando de toda una nueva ingeniería electoral que necesitaría de expertos, que en el peronismo sobran ya que es una materia en la que tienen varios especialistas, y que nunca descuidan. Además, podrían promover una eventual reforma constitucional para que en el texto no quede la más mínima duda sobre las fechas de convocatorias a elecciones para que esa situación no quede sujeta a procesos de judicialización como el actual, que mantiene al Gobierno en vilo y en la incertidumbre sobre cuándo finalmente se va a votar en Tucumán. No hay seguridad plena de que vaya a suceder el 11. Se teme otro martes con sorpresa.

La Constitución de 2006 fue cuestionada en la Justicia desde su misma promulgación y varios de sus artículos fueron objetados y declarados inconstitucionales; incluso hace pocas semanas varios dirigentes políticos, candidatos ellos, consideraron que son necesarios algunos retoques en la Constitución alperovichista. ¡Qué mejor entonces que una eventual municipalización le abra las puertas a una nueva departamentalización para acelerar ese proceso de reforma! Vaya un dato anecdótico en el medio: antes de diciembre de 1980, los que ahora se conocen como departamentos antes eran denominados “circunscripciones”. Ese mes, el gobernador de facto Lino Montiel Forzano promulgó la ley 5.231 disponiendo la designación de “departamentos” para los 17 existentes entonces.

Vamos por partes para entender cómo podría concretarse la municipalización. La ley orgánica de municipios (5.529) determina como requisito esencial para la existencia de un municipio que haya una población permanente, mínima, de 5.000 habitantes. La propuesta de municipalización del siglo pasado, más precisamente de 1994, surgió a partir de un trabajo elaborado por el Gobierno de la provincia (gestión de Ramón Bautista Ortega) y por el Ministerio de Obras Públicas de España: “Directrices para la ordenación del territorio de Tucumán”. Algunas copias perdidas deben estar en algunos escritorios. Casualmente, a valores actualizados en materia de cantidad de ciudadanos, los 25 municipios propuestos por ese trabajo hoy tendrían más de 5.000 habitantes, con lo que se estaría cumpliendo el requisito exigido por la legislación vigente. El mayor, el de San Miguel de Tucumán, supera los 580.000 vecinos

Básicamente, la propuesta hace desaparecer las delegaciones rurales, que quedan absorbidas por algunos de los actuales 19 municipios y otras constituyen parte de seis municipios nuevos. Por ejemplo, a la Capital se le suma la comuna de San Felipe y Santa Bárbara; Banda del Río Salí se integraría con ese municipio más las delegaciones de San Andrés, Los Bulacio y Los Villagra y El Bracho y El Cevilar. Otro ejemplo: Yerba Buena, con esa ciudad más Cevil Redondo, San Javier y El Manantial; o Tafí Viejo con ese municipio, Los Nogales, El Cadillal y La Esperanza. Los seis nuevos municipios planteados por el trabajo son: Los Ralos (Delfín Gallo, Colombre, La Florida y Luisiana, Las Cejas, Los Pérez y El Chañar); Ranchillos (Ranchillos y San Miguel, El Naranjo, Los Pereyra, Estación Aráoz y Tacanas, Agua Dulce y la Soledad y El Mojón), Lamadrid (Lamadrid, Taco Ralo, Monteagudo, Río Chico y Nueva Trinidad), Amaicha del Valle (Amaicha y Colalao del Valle), Villa de Leales (esa comuna más Los Puestos y Los Gómez) y Raco (Raco, Anca Juli y Tapia).

Sin embargo, nada es sencillo. Para avanzar con esta “municipalización” habría que contemplar cuestiones presupuestarias, cambios en la normativa de coparticipación, una posible rediscusión del Pacto Social y una eventual recategorización de las intendencias en función de la cantidad de habitantes de los nuevos núcleos municipales. Son muchos y variados los aspectos para entrarle a la propuesta. Haría falta un gran equipo de trabajo. Y conveniencias de fondo para ser impulsado, claro.

La consulta principal es si este posible nuevo esquema administrativo y territorial beneficiaría el desarrollo y el crecimiento de la provincia. El trabajo elaborado hace tres décadas quedó un tanto desactualizado y habría que adecuarlo a los tiempos y a las nuevas tecnologías. Piénsese, por ejemplo, que cuando se entregó aquel documento a las autoridades provinciales la avenida Perón estaba en sus inicios, no existía Lomas de Tafí ni la nueva traza de la ruta 38, Facebook no había nacido, menos Twitter. Es una buena idea si se la considera en función del bienestar general.

Temas Tucumán
Tamaño texto
Comentarios
Comentarios