Cambios en el dólar “turista”: la alícuota por viajes al exterior pasa del 35% al 45%

Cambios en el dólar “turista”: la alícuota por viajes al exterior pasa del 35% al 45%

Lo dispuso la Administración Federal de Ingresos Públicos.

 Reuters Reuters
14 Julio 2022

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso ayer una suba de la percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales para operaciones destinadas al consumo de dólares para viajes y gastos en el exterior, cuya alícuota pasará del 35% al 45%. 

Quedarán comprendidas en la nueva alícuota todas las operaciones de pago con tarjeta en dólares, incluidas las relacionadas con las extracciones o adelantos en efectivo efectuadas en el exterior. También las compras efectuadas a través de portales o sitios virtuales, así como el pago de servicios prestados por sujetos no residentes en el país que se cancelen mediante tarjetas. 

Además, queda incluida la adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo -mayoristas y/o minoristas-, del país; y la adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país, en la medida en la que para la cancelación de la operación deba accederse al mercado cambiario. 

La medida, que entrará en vigencia a partir de hoy, excluye a las compras de moneda extranjera para atesoramiento, por lo que no afectará a la cotización del dólar solidario. 

La Resolución General 5.232 busca “robustecer el frente fiscal a partir de la manifestación de capacidad contributiva de distintos sectores económicos”.

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