Los aportes y los años trabajados.

Por María Inés Salvatierra
abogada previsional
Ines.salvatierra@tucumangroup.com.ar
Cuando nos encontramos con una vasta vida laboral (muchos años de servicios con aportes y varias empresas en las cuales el trabajador se desempeñó) sería conveniente realizar una gestión previa de reconocimiento de servicios, incluso en algunos casos del carácter de los mismos, a fin de determinar de manera fidedigna cuántos años de aportes tiene realizados, cuántos de esos años son considerados regímenes especiales, y por ende cuándo estará en condiciones de jubilarse el trabajador.
La realidad es que los trabajadores, en muchos casos, no cuentan con la totalidad de los aportes realizados, ello genera que al jubilarse perciban un haber menor al correspondiente. Para eso, esta gestión previa es fundamental (no en todos los casos), precisamente para lograr el reconocimiento del tiempo total trabajado y que el titular acceda al mayor haber previsional posible.
En caso de haber trabajado en empresas que hoy no existen, habrá que aportar prueba documental que avale esos servicios, por lo cual los trabajadores tendrían que conservar recibos de sueldos, certificados de empleos y toda prueba que sirva para demostrar el tiempo trabajado, si es que no tuviera en su poder la certificación de servicios y remuneraciones, que es la prueba documental por excelencia.
Dentro de nuestro sistema previsional tenemos una multiplicidad de tareas, ya sea consideradas de régimen común que prevé requisitos de edad y años de aportes, y tareas que son de regímenes especiales, cada uno de los cuales posee requisitos diferentes tanto en edad como años de servicios con aportes.
La realidad de la vida activa de los trabajadores es que no es lineal, es decir no es siempre en la misma empresa, ni tampoco en la misma actividad; por ende, trabajar, analizar y armar la vida laboral y documentarla a efectos de que se reconozca todo el período trabajado, no es tarea sencilla, por el contrario, involucra una gran responsabilidad del profesional a cargo.
En la gestión del reconocimiento de servicios y el carácter de los mismos (si son servicios comunes o especiales); nos permitirá definir cuánto tiempo trabajado tiene la persona en cada régimen, realizar un prorrateo de edad para definir cuándo se jubilará y qué cantidad de años de servicios serán necesarios.
La sugerencia es trabajar este tema al menos dos años antes de cumplir la edad (o un poco antes incluso), de modo que llegado el momento de la jubilación se simplifique el tema, no se superpongan las gestiones y ya sepamos exactamente cuánto tiempo en total tendrá reconocido el titular.







