Agravan la condena al causante de la tragedia de la autopista: 9 años de prisión

Dante Juárez, responsable de la muerte de militantes de derechos humanos en 2016.

LA TRAGEDIA. El auto de Juárez se cruzó de carril y embistió al otro. La Gaceta / Fotos de Héctor Peralta y Osvaldo Ripoll LA TRAGEDIA. El auto de Juárez se cruzó de carril y embistió al otro. La Gaceta / Fotos de Héctor Peralta y Osvaldo Ripoll
24 Diciembre 2021

La Sala I de la Cámara Penal Conclusional condenó al conductor Dante Adrián Juárez a la pena de nueve años de prisión, en razón de haber sido declarado por la Corte Suprema de Justicia autor penalmente responsable de los delitos de homicidio simple, cometido en perjuicio de las militantes de derechos humanos Natalia Ariñez, Alejandra Eugenia Würschmidt y Marianela Triunfetti, y de lesiones graves, en perjuicio de Silvia Susana Sandoval y María Julia Albarracín, ambos en concurso ideal.

El trágico hecho ocurrió en la autopista Tucumán-Famaillá el sábado 17 de diciembre de 2016, a las 20. Juárez circulaba en su auto Fiat Siena de color blanco, de norte a sur. A la altura del Mercofrut, se cruzó de calzada “a alta velocidad” y colisionó con un Renault Clio, que provenía de Famaillá. A causa de ese impacto fallecieron Natalia Ariñez, la conductora; Alejandra Würschmidt y Marianella Triunfetti. También resultaron heridas Silvia Sandoval, madre de la primera víctima y María Julia Albarracín.

Según determinaron las pericias, Juárez manejaba con 1,79 gramos de alcohol por litro de sangre. Por eso, en el juicio que se realizó en noviembre de 2019 el fiscal Carlos Sale había solicitado una pena de nueve años por homicidio con dolo eventual y lesiones graves. La querella, ejercida por Pablo Gargiulo, había pedido 12 años. Sin embargo, los jueces de la Sala I (Pedro Roldán Vázquez, Diego Lammoglia y Fabián Fradejas), en un fallo unánime, lo sentenciaron a cuatro años de prisión y lo inhabilitaron para conducir vehúculos durante 10 años.

La resolución del juicio causó enojo entre los familiares de las víctimas, quienes expresaron su desacuerdo con la pena y afirmaron que los magistrados “garantizaron la impunidad”.

Ninguna de las partes quedó conforme con la sentencia. El defensor del acusado, José Del Río, al entender que los jueces no habían otorgado la sentencia acorde, solicitó que se le reduzca la pena a tres años de prisión.

Por otra parte, el querellante dijo que “si el automóvil de Juárez se dirigió hacia la izquierda y cruzó en la forma en que lo hizo, no se debió a una supuesta y nunca comprobada ‘falta de conciencia’. Evidentemente lo hizo a una velocidad excesiva, lo cual, sumado a la irregularidad del terreno y a su alto estado de intoxicación alcohólica lo llevaron a completar una maniobra burda, tosca y extremadamente peligrosa, cuyo trágico saldo son las tres vidas que se perdieron y las dos personas que quedaron lesionadas con secuelas de por vida”. Sale también pidió que se analice el fallo. “El imputado manejaba un automóvil por una autopista conocida por su alto nivel de siniestralidad, en estado de ebriedad, cruzándose de carril y con luz natural. Son circunstancias insoslayables para tener por acreditado que en su subjetividad se representó como posible que la conducta que desplegaba inexorablemente resultaría en daños hacia a terceros, conforme sucedió. Y no obstante ello, en manifiesto desprecio por los bienes jurídicos de los demás, continuó con su plan de acción, sin que la mencionada representación lo llevara a detener su marcha, es que puede afirmarse que el encartado actuó con dolo eventual”.

En julio pasado, la Corte anuló el fallo y ordenó que se dicte una nueva sentencia. El entonces vocal de la Corte Daniel Leiva (hoy presidente del alto tribunal) fue el preopinante del caso. Señaló que la pérdida del dominio del automóvil que manejaba Juárez estuvo relacionado con su estado de ebriedad, que no padeció impedimentos externos que complicaran su perspectiva y que perdió el dominio del vehículo porque consumió bebidas alcohólicas a tal punto que sus sentidos corporales no estaban en condiciones adecuadas para manejar. Dijo que no se ha explicado suficientemente cómo se concluyó que la conducta del imputado encuadra en delitos culposos, en la medida que se dedujo que perdió el control de su vehículo por manejarlo embriagado, omitiendo meritar íntegramente numerosas probanzas que mínimamente ponían en jaque esa idea.

Los argumentos de Leiva fueron compartidos por sus pares Daniel Posse, Claudia Sbdar, Antonio Estofán y Eleonora Rodríguez Campos. Juárez fue hallado penalmente responsable de los delitos de homicidio simple y de lesiones graves. Además, ordenaron remitir la causa a la Sala I en lo Penal Conclusional para que expida un nuevo fallo. En esta nueva resolución, los jueces Wendy Adela Kassar (presidenta), María Fernanda Bahler y Raúl Armando Cardozo lo sentenciaron a 9 años de prisión. La lectura de los fundamentos será el próximo 29 de diciembre.

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