El tribunal coloca un “bozal” a las partes del caso Barenbreuker

Los jueces Romero Lascano y Arce prohibieron los actos de perturbación recíproca entre imputado y víctimas incluso en las redes sociales y los medios.

EL EMPRESARIO IMPUTADO EN LA SEDE TRIBUNALICIA. El acusado Otto Fernando Barenbreuker (h) hace una presentación en la Justicia en 2019.  EL EMPRESARIO IMPUTADO EN LA SEDE TRIBUNALICIA. El acusado Otto Fernando Barenbreuker (h) hace una presentación en la Justicia en 2019.

La Justicia tomó una decisión con escasos antecedentes en la provincia: decidió que las partes en pugna en un caso de supuestos delitos cometidos con fideicomisos inmobiliarios se abstengan de molestarse entre sí desde el jueves pasado y hasta la realización del juicio oral. Esta especie de “bozal” colocado al imputado Otto Fernando Barenbreuker (h) y a sus querellantes podría provocar el silencio total acerca de un proceso penal con amplia trascendencia pública. Ocurre que la medida cautelar veda de manera expresa los comentarios difundidos en las redes sociales y en los medios de comunicación.

Los camaristas Eduardo Romero Lascano y Stella Maris Arce tomaron la decisión luego de que la querellante Milagro Lastra Lobo solicitara la extensión de una medida de restricción de acercamiento impuesta al empresario Barenbreuker. Por su parte, los defensores del desarrollador inmobiliario acusado, Carlos Varela Soria y José Espejo, habían solicitado a la Justicia que prohíba a la querella practicar actos turbatorios o amenazas que afecten el buen nombre y el honor de su cliente, como la publicación de comentarios críticos en el foro de LAGACETA.com La fiscala Estela Velia Giffoniello opinó a favor de extender la perimetral si se verificaban las condiciones descriptas por la querellante mientras que consideró que no debía prosperar el planteo de la defensa por tratarse de una cautelar no prevista en el orden jurídico. Giffoniello observó que la defensa podía denunciar amenazas y calumnias si consideraba que Barenbreuker había sido víctima de ellas.

Luego de describir las distintas posiciones, y de constatar que la causa estaba en la etapa de producción de pruebas previa a la apertura del debate oral y público, los jueces indicaron que la restricción de acercamiento había vencido el 7 de octubre. Si bien manifestaron que era necesario que todas las partes transitaran el proceso “con la debida tranquilidad”, no podían desconocer que entre algunos querellantes, como María Cecilia Rey de Unzaga y Raúl Rey, y Barenbreuker había habido contactos con la finalidad de ensayar “un acuerdo con fines reparatorios”. “Por este motivo, dispondremos una nueva medida cautelar, en este supuesto, de prohibición de actos de hostigamiento de todo tipo recíprocos entre la persona del imputado y la de las víctimas”, anticiparon.

Los magistrados aclararon que no podían impedir el acercamiento porque ello resultaba contradictorio con las tratativas que llevaban adelante algunos damnificados con el empresario. Pero afirmaron que estaban dados los requisitos de la ley procesal para imponer una medida tuitiva a favor del conjunto.

“En consecuencia, se ordenará la prohibición de actos de hostigamiento -de todo tipo- entre Barenbreuker y las víctimas. Los involucrados deberán abstenerse de realizar cualquier acto de turbación, perturbación e intimidación directa o indirecta entre sí”, prescribieron Romero Lascano y Arce. Y precisaron: “dejamos en claro que la medida cautelar incluye evitar todo tipo de contacto y turbación, y de amedrentamientos y amenazas no sólo mediante actos físicos, sino también por cualquier medio de comunicación: vía telefónica y electrónica; dichos y comentarios en las redes sociales (WhatsApp, Facebook, Instagram, portales de internet de periódicos online, etcétera), entre otros”. Los jueces apercibieron a las partes de que el incumplimiento los haría pasibles de las sanciones correspondientes a la comisión del delito de desobediencia judicial.

“Elige notas al azar”

Aunque también restringe la expresión a Barenbreuker, la decisión acoge el núcleo del planteo de sus defensores, que habían aducido que las críticas públicas de la querella, en particular de Lastra Lobo, afectaban la presunción de inocencia de la que gozaba su cliente. “Lastra Lobo se dirige de una forma indecorosa e insultante, y menoscaba la integridad de todos los que intervenimos en esta causa (...). Pero, además, ventila datos y circunstancias que son propias del proceso penal, cuyo contenido debe ser secreto para quienes no son partes”, habían reprochado. Varela Soria y Espejo se habían quejado de que la querellante depositaba sus cuestionamientos en notas periodísticas elegidas “al azar”, sin ningún tipo de filtro, y habían afirmado que la cautelar solicitada debía aplicarse extensivamente al resto de los querellantes.

La querella había calificado al pedido de “insólito” y “desopilante”, y había solicitado su rechazo con la imposición de costas a Barenbreuker. “El planteo es impertinente y arbitrario, y sólo tiene por finalidad distraer al tribunal”, había respondido el abogado de la querella, Arnaldo Ahumada. El letrado expresó que las restantes víctimas eran ajenas a las expresiones de Lastra Lobo; que esta se había limitado a hacer “meras referencias” sobre hechos que no formaban parte del caso, y que escapaban a la potestad de los jueces Romero Lascano, Arce y Emilio Páez de la Torre (no firmó la resolución relativa al “bozal” por estar de licencia). Ahumada adhirió a la importancia de la presunción de inocencia, pero recordó que Barenbreuker había causado perjuicios hasta el punto de generar las sospechas que determinaron la necesidad de juzgarlo.

La cautelar podría ser revisada eventualmente por la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, aunque los tiempos del trámite indican que el juicio comenzaría antes de que el máximo estrado de la provincia se pronuncie. La Justicia penal local prepara desde hace más de un año el juzgamiento de una supuesta defraudación de derechos de fiduciantes en fideicomisos inmobiliarios en perjuicio de al menos 19 clientes y unas presuntas amenazas coactivas. El juicio oral iba a empezar el 19 de abril, pero fue aplazado. Los primeros hechos denunciados datan de 2016.

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