Revés para una fundación en el marco del caso “Pedicone”

Revés para una fundación en el marco del caso “Pedicone”

Declaran desierto un recurso de apelación de Cedjus. Sólo siguen vigentes los planteos de Ahumada y de Batig, los defensores del juez.

TRIBUNALES.  El palacio de Justicia, de La Madrid al 400. TRIBUNALES. El palacio de Justicia, de La Madrid al 400.
28 Noviembre 2021

La Fundación Centro de Estudios en Democracia, Justicia y Seguridad (Cedjus) sufrió un duro revés en el expediente que impulsaba en el contexto de la denuncia del ahora ex juez Enrique Pedicone contra el vocal de la Corte Daniel Leiva por presunto tráfico de influencias, abuso de autoridad e incumplimiento de deberes.

El juez Eduardo Romero Lascano ratificó que la ONG no puede ser querellante en ese expediente y, además, declaró desierto un recurso de apelación presentado por los representantes de esa entidad, en nombre de que no presentaron los agravios luego de varias citaciones y porque la propia fundación no ha presentado toda la documentación que acredite su regularidad institucional.

Hay dos vías por distinguir.

Los abogados de Pedicone son Arnaldo Ahumada y Fernanda Batig. Ellos mantienen dos planteos centrales en los tribunales.

El primero es una apelación por la vía recursiva ordinaria contra la sentencia del 28 de octubre de 2020 del juez Juan Francico Pisa (destituido este mes). En ese fallo, Pisa determinó que el expediente debía tramitarse con el viejo Código Procesal Penal, porque el hecho denunciado (Pedicone sostiene que Leiva lo presionó para que mantuviera con perfil bajo una causa por supuesto abuso sexual contra Ricardo Bussi; y aportó grabaciones) habría ocurrido antes del 1 de septiembre, cuando entró en vigencia el nuevo digesto. Además, Pisa excluyó los audios de Pedicone como prueba: dijo que el dispositivo de grabación no había sido conservado.

En paralelo, Ahumada y Batig promovieron un per saltum para llegar directamente a la corte. Ambas presentaciones están pendientes de resolución.

Por aparte, Cedjus se había presentado en el marco de esa causa ha solicitar el rol de querellante, pretensión que fue denegada por Pisa. De modo que Ramón Eduardo Ruiz Pesce, como representante de la fundación, con el patrocinio del abogado Gustavo Morales, también apelaron el fallo del 28 de octubre. Sobre este expediente se acaba de expedir el juez Eduardo Romero Lascano, en duros términos contra los que accionan en nombra de la fundación.

Romero Lascano sostiene que, concedido el recurso de apelación, el 6 de julio pidió a Ruiz Pesce la documentación que acredite su cargo en la fundación, y la que respalde el funcionamiento de Cedjus. El 18 de agosto se lo intimó a que cumpliera. El 23, Ruiz Pesce pide que fije audiencia pública para expresar los agravios en forma oral. El abogado Esteban Jerez, defensor de Leiva, solicita ya entonces que se declare desierta la apelación porque Cedjus no aportó la documentación.

El 27 de agosto ese mes se fija el 6 de septiembre como fecha para la Cedjus presente los agravios por escrito. Este último día, la fundación plantea la nulidad de esa convocatoria, más un recurso de reposición contra la resolución del 27 de agosto. Ambos planteos fueron rechazados el 9 de este mes y se fijó para el viernes pasado el segundo plazo para que Cedjus presente sus agravios por escrito. Ese día, la fundación no realizó ninguna presentación.

En cuanto a la documentación de la Cedjus, Romero Lascano dice que no obtuvo respuestas. Apeló entonces a la documentación obrante en la causa principal donde no hay un instrumento público que acredite la condición de Ruiz Pesce como director de Cedjus. Por tanto, concluye el juez, él “no puede ejercer la representación procesal de la fundación”. Sólo hay, describe, un instrumento privado al respecto: “el acta de una reunión por zoom” en la que se designa director a Ruiz Pesce.

Agrega que un informe de la Dirección de Personas Jurídicas de la provincia sostiene que la Cedjus “se encuentra en irregular funcionamiento” porque el último balance data de 2013 y las últimas autoridades electas tenían mandato hasta 2017.

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