Acusan de homicidio al taekwondista

Acusan de homicidio al taekwondista

Le endilgaron el crimen del arquitecto Julio Scida.

La Justicia entendió que los conocimientos de artes marciales pueden ser considerados como una especie de arma. Por esa razón, el taekwondista Ángel Cativa (27 años) fue acusado de homicidio por haber herido mortalmente al arquitecto Julio Rubén Scida (63).

El profesional murió hace una semana después de haber peleado por su vida, internado en un sanatorio. El sábado 16 de octubre recibió una patada en el rostro por parte del acusado que seguirá detenido.

El auxiliar fiscal Juan Pablo Godoy, con instrucciones del fiscal Carlos Sale, solicitó que se acusara de homicidio a Cativa. Según la investigación que desarrolla, él mantuvo una pelea con el hijo de la víctima, Patricio Scida.

“El padre fue en su ayuda y se produjo una pelea. Ellos la dieron por terminada y, cuando se dirigían a su vehículo, el imputado le pegó una patada voladora en el rostro, provocándole graves lesiones. Además, testigos dijeron que había personas que evitaron que lo pateara en el suelo”, señaló.

Otra situación desconocida hasta ayer era que Cativa intentó escaparse, pero no pudo hacerlo porque un grupo de personas se lo impidieron. Godoy también informó que el presidente de la Federación Tucumana de Taekwondo, Adolfo Villanueva, informó que el imputado practicaba esa disciplina desde los ocho años, que era segundo dan y que tenía títulos nacionales e internacionales.

“Lo consideró como un profesional. Es por ello que es incompresible que haya utilizado ese oficio contra persona y encima, mucho mayor que él”, señaló Godoy.

Como era de esperarse, el defensor oficial Gustavo Estofán planteó que Cativa no tuvo la intención de matar al profesional. “En principio, se desprende que la patada no causó la muerte del arquitecto, sino que fue el golpe que sufrió al caer al suelo, por lo que debe considerarse que aquí podría haber un homicidio preterintencional, no uno simple, como sostiene la acusación del representante del MPF”, explicó.

La diferencia no es menor. Se entiende por homicidio preterintecional al que, con el propósito de causar un daño en el cuerpo o en la salud, produjere la muerte de alguna persona, cuando el medio empleado no debía razonablemente ocasionar la muerte y contempla una pena de entre un a seis años de prisión. En tanto que el homicidio es cuando una persona mata a otra y puede recibir una pena de entre ocho y 25 años.

Pero no hubo mucho tiempo para discutir la cuestión. “Teniendo en cuenta la buena fe procesal, y con los años de experiencia como juez: ¿en el expediente figura que algún profesional haya observado que la víctima haya fallecido por el golpe que sufrió al caerse al pavimento? ¿Es así o simplemente una postura de la defensa?”, preguntó el magistrado Rafael Macoritto.

Al aclararse que no, el juez no dudó. “Está claro que sus conocimientos sobre artes marciales, como también ocurre con los boxeadores, lo hacen diferentes y no deben utilizar sus conocimientos, más aún si se enfrentan a una persona mayor que él”, señaló Macoritto al confirmar el procesamiento de Cativa por homicidio.

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