Ahorristas damnificados: la Defensoría del Pueblo anunció los trámites que deben hacer

Ahorristas damnificados: la Defensoría del Pueblo anunció los trámites que deben hacer

Los turnos se pueden solicitar a través de la página web o de un número de teléfono.

DEFENSORÍA DEL PUEBLO. Está en Balcarce primera cuadra. DEFENSORÍA DEL PUEBLO. Está en Balcarce primera cuadra.
17 Mayo 2021

En relación a los ahorristas damnificados de planes de ahorro que deben identificar los depósitos, la Defensoría del Pueblo informó que se dispuso un instructivo para efectuar los trámite. Esto fue una disposición de la Cámara Civil y Comercial Común Sala III, en Sentencia del 07/05/2021

¿Dónde se hace la gestión?

- Concurrir a la Defensoría a verificar y presentar los comprobantes de todos y cada uno de sus depósitos.

¿Hasta cuándo hay tiempo?

- Hasta cuándo se puede hacer el trámite: el plazo vence el 29 de octubre de este año. Ese plazo es perentorio e improrrogable.

¿Cómo es el trámite?

- Mediante un formulario de Declaración jurada que será provisto en nuestra institución o que podrá descargarlo desde la web www.defensoriatucuman.gob.ar

¿Dónde se hace el trámite?

- Se atenderá en las oficinas de la Defensoría, ubicadas en calle San Martin 223, de la ciudad de San Miguel de Tucumán, en el horario de 8:00 a 13:00, de lunes a viernes.

¿Cómo solicitar turno?

- Los turnos pueden obtenerse de la siguiente manera: 

 Por la web: www.defensoriatucuman.gob.ar (se generan automáticamente.

- Por Whatsapp: mensaje al teléfono 3816861512 indicando nombre del titular del plan, DNI y marca del Vehículo. La respuesta indicando la fecha y hora del turno se generará dentro de las 48 hs. de recibido el mensaje.

¿Qué documentación se requiere?

- La Declaración Jurada del punto “3” completa y firmada por el titular del plan; originales y copias de cada comprobante de depósito realizado (las copias también deben estar firmadas), copia del DNI del titular del plan y una boleta del plan de ahorro para verificar la titularidad.

Acciones judiciales

Además, la Defensoría del Pueblo resaltó que la Cámara Civil expresó que las sumas descontadas de las cuotas por efecto de la cautelar no se encuentran en mora, lo que significa que ninguna de las administradoras podrá iniciar acciones judiciales para el cobro de esas sumas, ni dar por decaído el plan por falta de pago, ni incluir a esos suscriptores en las bases de datos de informaciones comerciales.

Además se reiteró que lamedida cautelar sigue vigente.

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