Conflicto en un country: los vecinos de La Arboleda elegirán su administración

La Justicia ordenó que se realice una asamblea con todas las formalidades. Su celebración pondrá fin a dos años de intervención.

MUCHA TAREA. La nueva gestión deberá lidiar con deudas millonarias y revisar la gestión de los interventores. MUCHA TAREA. La nueva gestión deberá lidiar con deudas millonarias y revisar la gestión de los interventores. LA GACETA / FOTOS DE DIEGO ARÁOZ

Las al menos 250 familias que conviven en el barrio cerrado La Arboleda recibieron otra oportunidad para tomar a su cargo la administración del consorcio tras cuatro años de conflictividad expansiva y dos de intervención judicial. El juez Jesús Abel Lafuente declaró la nulidad del intento de autogobierno previo judicializado por la consorcista María Terán Nougués de Moisá y ordenó la celebración de una nueva asamblea con formalidades reforzadas que determinará el cese de la intervención. Esto último era lo que exigía un grupo de residentes movilizados contra los Tribunales y la familia del camarista civil Benjamín Moisá -cónyuge de la demandante- por la problemática de inseguridad y las deudas crecientes del barrio.

Si bien es posible que el fallo contribuya a pacificar los ánimos, la batalla por quiénes pagarán los costos y honorarios de este juicio continúa abierta.

Lafuente postergó la definición sobre las retribuciones de los profesionales y, aunque dio en todo la razón a Terán Nougués de Moisá, consideró que Rodrigo Arias, el presidente del consorcio impugnado, tenía motivos objetivos “que razonablemente pudieron llevarlo a considerarse con derecho a litigar”. “Por ello, las costas generadas en el juicio se impondrán por el orden causado (cada quien pagará sus gastos con independencia de si ganó o no el pleito)”, resolvió el juez, que actuó como subrogante del Juzgado en lo Civil y Comercial Nº1 de esta capital.

Este aspecto de la sentencia podría generar chispazos porque no está claro el monto y si este incluye honorarios a quienes actuaron como administradores judiciales provisorios, Dante Fabio Arcas y Fulbio Alberto Altieri (desplazado en febrero de 2020, el primero presentó un pedido de regulación de $ 627.000 por los servicios prestados). Tampoco se sabe quién afrontará los gastos.

Este aspecto agrava las perspectivas financieras de un consorcio con un pasivo millonario.

La semana pasada, Arias había pronosticado que las erogaciones ligadas a la litigiosidad iban a “ser pagadas por todos”.

Cláusula central

Las diferencias y hostilidades llegaron hasta el punto de que todos querían la regularización, inclusive Altieri, que informó al Juzgado Nº1 de episodios de amenazas abiertas a la portería de parte de un vecino decidido a celebrar una fiesta. La Justicia extendió la intervención más allá de su plazo original del 26 de octubre de 2020, pese a que el primer presidente y administrador, Gonzalo Romero Monte, se había allanado a la demanda de Terán Nougués de Moisá y a que Arias no la había contestado. Lafuente corroboró esas circunstancias en el fallo que notificó ayer, que en pocas palabras afirma que el reemplazo de una gestión en una sociedad, por defectuosa que luzca y aunque se trate de un consorcio, resulta inválida si carece de las formas jurídicas correspondientes.

El fallo detalla numerosas anomalías y transgresiones al estatuto del country cometidas por quienes tomaron a su cargo la administración tras el apartamiento confuso de Romero Monte. Un punto central del conflicto se desprende del contrato que consintieron los adquirentes de los 432 lotes del emprendimiento situado en la comuna de San Pablo y Villa Nougués, y que incluye una cláusula que reservaba a los desarrolladores y socios fundadores Augusto Martín Bruchman; Juan Carlos Perea; Dante Vicente Chiarello; Rubén Darío Marchioni y al propio Romero Monte el derecho de elegir las autoridades de la sociedad civil durante su primera década de existencia, es decir, hasta el 26 de octubre de 2020.

Los vecinos que consagraron a Arias objetan los manejos de dinero del representante del fideicomiso, pero también falencias estructurales del emprendimiento, que comprenden déficits de infraestructura y de papeles, según detalló en 2017 la vecina Fabiana Wehbe. Romero Monte siempre dijo que prefería guardar silencio y dejar que hablaran los jueces.

En su pronunciamiento, Lafuente dijo que estaba convencido de la procedencia del reclamo de Terán Nougués de Moisá. “Por ello corresponde declarar la nulidad de la asamblea del 23/06/2018 del Consorcio de Propietarios La Arboleda Country Club Sociedad Civil, en tanto no fue convocada por quien revestía la calidad de administrador y durante su desarrollo se cometieron irregularidades que impiden considerarla como válida, en especial lo referente a la falta de acreditacióńy registro de firma de los socios asistentes; falta de mención de la cantidad de socios presentes para justificar el quórum necesario para su celebración, así como la falta de votos necesarios para tomar decisiones tratándose de modificaciones al estatuto”, dijo el juez.

La invalidación de la elección de Arias (es motivo de otro litigio conexo abierto antes contra Romero Monte y que sigue en trámite) obligará a los consorcistas a reunirse y votar con la supervisión de Altieri, quien sólo podrá irse de La Arboleda cuando exista un titular designado regularmente. No se sabe si será sencillo encontrar quién quiera asumir esta carga de problemas desde que el propio Arias manifestó que a él no le interesaba volver al consorcio: “es un sacrificio porque se trata de un cargo ad honorem y debe ser así. Las administraciones judiciales hicieron un desastre. Tenemos los pastos altos; las calles destrozadas; alimañas… Y el clima general es muy malo. Todo empeoró cuando acudimos a la Justicia”. Además, la presidencia tendrá que lidiar con $ 29 millones de expensas impagas y la revisión de las gestiones anteriores. Más y más juicios aparecen en el horizonte de La Arboleda.

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