Un juez falló a favor de la libertad de prensa

Un juez falló a favor de la libertad de prensa

Con restricciones, autorizó la cobertura de audiencias en la que estén acusados menores.

ANTECEDENTE. El juez Federico Moeykens, autor del fallo. ANTECEDENTE. El juez Federico Moeykens, autor del fallo.

En un fallo que asegura la libertad de prensa, el juez penal de Niñas, Niños y Adolescentes (NNyA) Federico Moeykens autorizó a un periodista de LA GACETA a participar de una audiencia por homicidio donde el imputado era un menor de edad, con la condición de que se preservaran los datos del acusado. (Se informa por separado)

Desde que se puso en vigencia el nuevo Código Procesal Penal, los debates en los que estaban involucrados menores no podían ser cubiertos periodísticamente porque se buscaba preservar la intimidad de los NNyA para que no fueran identificados y luego estigmatizados por la sociedad.

Al poco de haber iniciado la audiencia, tal como indican las normas, Moeykens preguntó al auxiliar fiscal Lucas Maggio, a la auxiliar de la defensora oficial (se informa por separado por qué no se consignan sus datos) y la defensora de NyN Norma Aparicio no se opusieron a que sea pública, mientras que el imputado pidió que sea privada, es decir, que sólo estuvieran presentes las partes.

Ante esa situación, la representante de la Oficina de Gestión de Audiencia Justina Humsi, le informó al juez que un periodista de LA GACETA estaba presente y que había solicitado autorización para cubrir el caso.

Moeykens dijo que su función era la de armonizar el derecho de que se mantengan en secreto los datos del acusado y que también también debía velar por la libertad para informar correctamente. “Si bien es cierto que existen numerosos tratados sobre la importancia de preservar la identidad de las niñas, niños y adolescentes que tengan conflicto o no con la Ley, pero también existen numerosos trabajos que hablan de la importancia de que se informe correctamente”, explicó y basó sus dichos en un encuentro realizado en nuestra provincia en el que participaron representantes de la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (Adepa) y miembros de la Corte Suprema de Justicia.

En esa reunión, la presidenta del máximo tribunal, Claudia Sbdar, había sostenido que en materia de libertad de prensa, los magistrados muchas veces enfrentan el desafío de definir entre dos principios fundamentales y pilares del orden constitucional argentino: la libertad de expresión frente a los derechos personalísimos. En este sentido, advirtió que existe “un peso relativo de esos principios” y apeló a que los magistrados realicen un juicio ponderativo donde se evalúe el contexto del caso y recurran a la “conciencia jurídica popular”, es decir, a la percepción de los ciudadanos, para no quedar ajenos a la realidad.

Las audiencias que se realizan por causas de abuso sexual tienen la misma limitación. El viernes pasado se originó una polémica porque la joven que sufrió un ataque en manada en Burruyacu, según informó su defensor Gustavo Morales, pretendía que la prensa cubriera el debate, pero un juez negó y expulsó al periodista.

El caso

Solucionado ayer el tema, la audiencia continuó. El joven había sido acusado de un crimen registrado en 2016 junto a dos cómplices mayores de edad. Miguel Ángel Gallardo, de 35 años, caminaba junto a un amigo por la calle principal del barrio Antena cerca de las cuatro de la mañana. Allí lo mataron para quitarle el par de zapatillas que llevaba puesta. El crimen del hombre generó indignación. Los vecinos y familiares de la víctima estaban dispuestos a quemar o destruir las casas de los transas que allí comercializan paco, ya que consideran que ellos son los únicos responsables de llevar la muerte al caserío que está en el este de la provincia.

La causa del imputado, que en la fecha del hecho tenía 17 años, ya se adecuó al nuevo código. Al haber sido encontrado penalmente responsable del hecho por el que llegó acusado, sólo resta que se designe un juez que le imponga la condena.

Postura I: los detalles de la resolución

En el fallo, el juez Federico Moeykens advirtió al periodista de LA GACETA que, si bien es un derecho constitucional el garantizar a la sociedad el acceso a una información veraz, objetiva y accesible, es su obligación resguardar la vida privada de los Niñas, Niños y Adolescentes como el que se llevó a cabo en la audiencia. “El corpus iuris de derechos de la infancia así lo determina, prohibiendo que en ningún caso podrá darse publicidad al nombre de los NNyA que sean parte de una investigación penal, ni detalles de filiación o circunstancias que permitan identificarlos (apodos, fotografías de su casa, referencia a las instituciones educativas a las que asisten, fuentes policiales, testimonios de vecinos, entre otros) Todo ello sin perjuicio de que la audiencia se lleve delante de manera pública o privada, a elección de la persona menor de edad y en virtud del principio de autonomía regresiva”. En caso de no cumplir con esta disposición, el periodista y el medio serán sancionados.

Postura II: defensora pide que se preserve su identidad

“Al no ser una funcionaria pública, le pido señor juez que ordene que no se difunda mi nombre ni imágenes mías en ningún medio de comunicación”, solicitó la defensora oficial al enterarse que LA GACETA cubría la audiencia. La profesional argumentó su pedido por cuestiones de seguridad de ella y de su familia. El juez Federico Moeykens la escuchó, pero no hizo ningún comentario sobre el planteo realizado.

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