
La Justicia Restaurativa (JR) es una de las grandes apuestas del nuevo Código Procesal Penal en materia de justicia juvenil. Dentro de las reglas especiales para NNyA (niños, niñas y adolescentes) que contiene el mismo, se encuentran expresamente incorporados convenciones y tratados internacionales con jerarquía constitucional que contienen valores restaurativos tales como diálogo, la palabra, el acuerdo y el consenso. Desde la justicia penal juvenil, debe asegurarse que los ataques más intolerables causados por personas menores de edad encuentren la respuesta legal que resulte proporcional al daño causado, así como eficaz para la prevención de futuros delitos.
La pandemia por Covid-19 ha puesto de manifiesto hasta qué punto las salidas alternativas al conflicto penal (por ejemplo, la mediación penal juvenil, la conciliación o la probation), representan una opción eficaz para agilizar el servicio público de Justicia. Un servicio que se ha mantenido activo durante el estado de alarma.
En este sentido, las experiencias en mediación penal juvenil ponen de manifiesto la activa participación de las víctimas en los procesos seguidos contra adolescentes y que sus intereses principales son la reparación, la restauración de la situación anterior al delito y la resolución del conflicto hacia el futuro, buscando al mismo tiempo que los jóvenes infractores sean reinsertados a la sociedad.
Este enfoque, por otra parte, propicia que las políticas públicas de atención a las víctimas no respondan al impacto social o mediático del hecho que les ha convertido en tales, sino a una respuesta planificada e integral de la problemática en que se encuentran. Una respuesta que además no puede ser uniforme, sino que debe adaptarse dependiendo de la vulnerabilidad que el hecho delictivo haya puesto de manifiesto, en atención a factores como el género, la integración social o la salud.
La calidad democrática de un sistema está asociada con la existencia de una relación dialogada entre sociedad y poderes públicos. Para ello es necesario que ofrezca la posibilidad de detectar carencias y disfunciones en el sistema de garantías, y en particular en los mecanismos de los que éste se dota para atender a las personas que han visto atacados sus derechos o legítimos intereses. Pues bien, en un momento tan crucial como el presente para nuestra cohesión como sociedad, esa capacidad debe formar parte de nuestra nueva normalidad. El desafío en materia penal juvenil entonces, no es solo lograr un sistema más ágil, sino también más justo, más vivible y más humano.







