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Para que los inquilinos no estén supeditados a que el propietario del inmueble haya inscripto el contrato en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para poder descontarlo del impuesto a las Ganancias, el ente recaudador permitirá que los locatarios lo declaren en el registro y puedan acceder a la deducción de hasta el 40% del monto del alquiler sin necesidad de presentar una factura.
“Los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y autónomos que alquilan el lugar donde viven, y no son propietarios de ningún inmueble, pueden deducir del impuesto a las Ganancias hasta el 40% de las sumas que pagan en concepto de alquiler, con un límite anual”, indicó, a través de un comunicado, el organismo que encabeza Mercedes Marcó del Pont. De esta manera se busca incentivar el registro de los contratos en la AFIP, además de facilitar y garantizar que los inquilinos accedan al beneficio tributario.
“Para simplificar el procedimiento y garantizar el acceso al beneficio, Marcó del Pont definió que cuando un inquilino presente su contrato en el registro, la posibilidad de deducir la porción correspondiente del Impuesto a las Ganancias figurará en forma automática en el Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (Siradig)”, indicó la AFIP.
El organismo precisó que “el beneficio estará disponible para las deducciones del impuesto correspondientes al período fiscal 2021”.
El Régimen de Registración de contratos de Locación de Inmuebles entró en vigencia ayer, y los acuerdos celebrados a partir del 1 de julio de 2020 y que continúen vigentes, así como aquellos concretados durante este mes, gozarán de un plazo excepcional para su registración hasta el 15 de abril próximo.
Todos los contratos deberán ser informados en forma digital ingresando con Clave Fiscal en afip.gob.ar al servicio “Registro de Locaciones de Inmuebles - RELI - Contribuyente”.
El plazo para informar estas operaciones, tanto para cuando se suscriba el contrato de locación o arrendamiento, o para cuando se modifique uno ya existente, será dentro de los 15 días corridos posterior al acto.
El registro de contratos de locación de inmuebles previsto en la Ley de Alquileres es una herramienta que permitirá a la AFIP verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los sujetos intervinientes en distintas operaciones.









